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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de junio de 2011 445607 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a favor del Gobierno Regional del departamento de Ayacucho DECRETO SUPREMO N° 126-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, es el organismo público rector en materia de comercio exterior y turismo, competente para promover, orientar y regular la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía. Cuenta dentro de su estructura orgánica, con la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía de Turismo, de la Dirección de Artesanía, que tiene entre sus funciones, promover el desarrollo de los Centros de Innovación Tecnológica Artesanal y de Turismo – CITEs, y ejecutar acciones de monitoreo y evaluación de su impacto; Que, en ejercicio de dichas funciones, el MINCETUR elaboró el proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Actividad Artesanal en el Distrito de Quinua – CITE Quinua”, declarado viable en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, con código SNIP N° 146183, el cual ha sido transferido para su ejecución al Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho; Que, los Gobiernos Regionales son competentes para realizar acciones de fomento de la artesanía y del turismo local sostenible, dentro del territorio de su jurisdicción, en el marco de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización y la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, atendiendo la solicitud del Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho, el MINCETUR estima conveniente fi nanciar la ejecución del referido proyecto con cargo a las Fuentes de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Ordinarios del presupuesto institucional del Pliego 035 MINCETUR; Que, el artículo 15º de la Ley Nº 29626 - Ley del Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2011, establece que, en el año fi scal 2011, los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional, para la ejecución de proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria a nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; Que, el MINCETUR y el Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho han celebrado un Convenio de Cooperación Interinstitucional, para el fi nanciamiento y ejecución del referido proyecto, defi niendo, además, los términos de la presente transferencia presupuestaria; Que, mediante Informe N° 209-2011-MINCETUR/ SG/OGPPD, la Dirección General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo del MINCETUR, ha informado sobre la disponibilidad presupuestal con cargo a las Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados del Presupuesto Institucional 2011 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para la transferencia de partidas hasta por la suma total de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 252 447,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 15° de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 252 447,00), para la ejecución del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de la Actividad Artesanal en el Distrito de Quinua – CITE QUINUA”, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 001 : Dirección General de Administración – MINCETUR FUNCIÓN 09 : Turismo PROGRAMA FUNCIONAL 022 : Turismo SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0045 : Promoción de Turismo PROYECTO 2 045855 : Creación, Implementación y Fortalecimiento de Innovación, Tecnología (CITE Diseño Perú) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 232 194,00 ACTIVIDAD 1 094786 : Mejora de la Competitividad Artesanal FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 4 020 253,00 ========== TOTAL EGRESOS 4 252 447,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 444 : Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho FUNCIÓN 09 : Turismo PROGRAMA FUNCIONAL 022 : Turismo SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0045 : Promoción del Turismo PROYECTO 2.116978 : Mejoramiento de la Actividad Artesanal en el Distrito de Quinua – CITE QUINUA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 232 194,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 : Donaciones y Transferencias GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 4 020 253,00 ========== TOTAL EGRESOS 4 252 447,00 ========== Artículo 2º.-Procedimiento para la aprobación institucional. 2.1. El Titular de los Pliegos habilitador y habilitado, considerados en la presente Transferencia de Partidas, aprobarán mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º del presente Decreto Supremo, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de su vigencia. Copia de dicha Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de expedida, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.