Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2011 (29/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

445606

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de junio de 2011

Articulo 6°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 659266-6

Gobierno Regional de MORDAZA, a fin de viabilizar la ejecucion de los mencionados proyectos, toda vez que se han suscrito los Convenios respectivos con el Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo establecido por el articulo 15° de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, hasta por la suma CINCO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 821 699,00), conforme al detalle que se indica en el Anexo "Transferencia de Partidas del Pliego 013: Ministerio de Agricultura", que forma parte del presente Decreto Supremo y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Agricultura (www. minag.gob.pe) en la misma fecha de publicacion oficial de la presente norma. Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional. 2.1 Los Titulares de los Pliegos involucrados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos. Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1º del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4º.- Informacion. Los pliegos habilitados informaran al Ministerio de Agricultura, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios y/o Addendas correspondientes, para efectos de las acciones de monitoreo a que se refiere el articulo 15° de la Ley N° 29626. Articulo 5º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA VILLASANTE MORDAZA Ministro de Agricultura 659266-7

Autorizan Transferencia de Partidas del pliego 013: Ministerio de Agricultura a favor de los Gobiernos Locales y el Gobierno Regional del departamento de MORDAZA para la ejecucion de proyectos de inversion publica
DECRETO SUPREMO N° 125-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29626 se aprobo el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, y por Resolucion Ministerial N° 0798-2010-AG, se aprobo el Presupuesto del Pliego 013: Ministerio de Agricultura para el Ano Fiscal 2011, dentro del cual de encuentran comprendidos, proyectos de inversion cuyos recursos publicos asignados deberan ser transferidos para que MORDAZA ejecutados por los Gobiernos Regionales o Gobiernos locales, segun corresponda; Que, el articulo 15º de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, establece que los recursos publicos asignados en los presupuestos Institucionales de los Pliegos del Gobierno Nacional, para la ejecucion de proyectos de inversion en los Gobiernos Regionales o en los Gobiernos Locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria a nivel Institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion del Convenio, para lo cual los proyectos de inversion deben contar con la viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica-SNIP; Que, el Ministerio de Agricultura ha firmado Convenios de Cooperacion Interinstitucional con la Municipalidad Distrital de Canchaque, de Palmas de El Arenal, la Municipalidad Provincial de Ayabaca y el Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, destinados a financiar diferentes proyectos, hasta por la suma de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 821 699,00); Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe Nº 0612011-AG-UPRES/OPP de la Oficina de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Agricultura, dicha entidad cuenta en su Presupuesto Institucional con los recursos necesarios para financiar los citados proyectos de inversion en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, por lo que resulta factible autorizar una transferencia de partidas hasta por el importe de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 821 699,00), y cuentan con la viabilidad otorgada en concordancia con el Sistema de Inversion Publica; Que, resulta necesario transferir los recursos presupuestales a los indicados Gobiernos Locales y al

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