Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2011 (29/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Autoriza Transferencias Financieras Autorizase Transferencias Financieras del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, hasta por la suma de DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 18 467 265,00), a favor de las Empresas Publicas Prestadoras de Servicios de Saneamiento senaladas en el Anexo II: "Transferencias Financieras del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a favor de las Empresas Publicas para la ejecucion de Proyectos de Inversion Publica de Saneamiento", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe) en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente MORDAZA, para ser destinados exclusivamente al financiamiento de los proyectos de inversion de saneamiento cuya relacion y montos se detallan en el citado Anexo II. Las transferencias financieras autorizadas por el presente Decreto Supremo se realizaran con cargo al presupuesto aprobado en el presente Ano Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en la Actividad 1.046721: Transferencias para el Mejoramiento y Ampliacion de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado. Articulo 4°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de las transferencias a que hacen referencia los articulos 1° y 3° del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 5º.- Plazo para el inicio del MORDAZA de seleccion Los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y las Empresas Publicas, senalados en los Anexos I y II del presente dispositivo, segun corresponda, iniciaran en un plazo no mayor a diez (10) dias habiles, a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo, el MORDAZA de seleccion correspondiente para la ejecucion del proyecto a su cargo. Articulo 6°.- Informacion Los Pliegos habilitados y las Empresas Publicas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en los Convenios y/o Addendas correspondientes, para efectos de las acciones de monitoreo a que se refiere el articulo 15° de la Ley N° 29626.

Articulo 7°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 659266-1

Autorizan Transferencia de Partidas del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a favor de pliegos de los Gobiernos Locales, para financiar la ejecucion de proyectos de inversion del Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos
DECRETO SUPREMO N° 120-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 4° de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio disenar, normar y ejecutar la politica nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento, asi como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el articulo 15° de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, establece que excepcionalmente, en el Ano Fiscal 2011, los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del gobierno nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el niv+el institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, mediante los Memorandums Nºs. 1293 y 13892011/VIVIENDA-VMVU-PIMBP, el Director Ejecutivo (e) del Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos solicita se gestione el dispositivo de aprobacion de una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, para financiar la ejecucion de un total de doscientos dieciocho (218) proyectos de inversion publica de urbanismo, declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica, de los cuales tres (03) se encuentran en ejecucion, de acuerdo a los informes tecnicos correspondientes, para lo cual se han suscrito los Convenios y/o Adendas correspondientes; Que, mediante los Memorandums Nºs. 1098 y 1103 2011/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ha informado sobre la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2011 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - Administracion General, para la transferencia de partidas hasta por

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