Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2011 (29/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

445609

SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0115 : Proteccion de Poblaciones en Riesgo PROYECTO 2.097007 : Construccion de la MORDAZA del Adulto Mayor en el Distrito de MORDAZA Rica, Provincia de Oxapampa ­ Pasco FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 659266-9

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL

2 943 745,00 ----------------2 943 745,00 ==========

A LA: SECCION MORDAZA PLIEGO FUNCION 23 PROGRAMA FUNCIONAL 051 SUB PROGRAMA FUNCIONAL 0010 PROYECTO 2.097007

(En Nuevos Soles) : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS : Municipalidad Distrital de MORDAZA Rica : Proteccion Social : Asistencia Social : Infraestructura y Equipamiento : Construccion de la MORDAZA del Adulto Mayor en el Distrito de MORDAZA Rica, Provincia de Oxapampa ­ Pasco

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a favor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 128-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, es el organismo publico rector en materia de comercio exterior y turismo, competente para promover, orientar y regular la actividad turistica, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promocion, orientacion y regulacion de la artesania. Cuenta dentro de su estructura organica, con la Direccion Nacional de Artesania, que tiene entre sus funciones, fomentar, desarrollar y ejecutar proyectos, programas u otros mecanismos para promover la competitividad de la actividad artesanal; Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA, ubicada en la provincia de Ayabaca, departamento de MORDAZA, es el organo de gobierno promotor del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Se regula por la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, la cual establece como su competencia el fomento de la artesania y el turismo local sostenible, dentro del territorio de su jurisdiccion; Que, el articulo 15º de la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Publico del Ano Fiscal 2011, establece que, en el ano fiscal 2011, los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional, para la ejecucion de proyectos de inversion en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria a nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, en ejercicio de sus funciones, la Municipalidad Provincial de Ayabaca, elaboro, evaluo, aprobo y declaro viable el proyecto de inversion publica "Fortalecimiento de Capacidades para el Desarrollo de la Artesania Textil del Distrito de MORDAZA, Provincia de Ayabaca ­ Piura", cuya Unidad Ejecutora es la Municipalidad Distrital de MORDAZA, habiendose registrado dicho proyecto en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversion Publica, con codigo SNIP N°110538; Que, el MINCETUR y la Municipalidad Distrital de MORDAZA han celebrado un Convenio de Cooperacion Interinstitucional, para el financiamiento y ejecucion del referido proyecto, definiendo, ademas, los terminos de la presente transferencia presupuestaria; Que, atendiendo la solicitud de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, el MINCETUR estima conveniente financiar con

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL

2 943 745,00 ----------------2 943 745,00 ===========

Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1. Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolucion la desagregacion de los recursos autorizados por el articulo 1º del presente Decreto Supremo, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo, cuya MORDAZA sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego habilitado solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a sus Unidades Ejecutoras, para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Limitacion del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales se transfieren. Articulo 4º.- Informacion El Pliego habilitado informara al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, los avances fisicos y financieros de la ejecucion del proyecto a su cargo, para que este realice el monitoreo correspondiente de acuerdo al articulo 15° de la Ley N° 29626 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2011.

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