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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de junio de 2011 445603 CONSIDERANDO: Que, el artículo 12º de la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, establece que los ingresos provenientes de la recaudación del mencionado impuesto, luego de deducido el porcentaje que conforme a Ley corresponda a la SUNAT, serán transferidos al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para que los utilice a través de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU y el Plan COPESCO Nacional (antes, Proyecto Especial Plan COPESCO), exclusivamente en el desarrollo de las actividades y proyectos a que se refi ere el artículo 1º de dicha Ley, de acuerdo al Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional; Que, el numeral 3.1 del artículo 3º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR, modifi cado por Decreto Supremo Nº 006-2006-MINCETUR, dispone que el Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, es un patrimonio bajo la administración y gestión del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, para fi nanciar exclusivamente las actividades y proyectos destinados al desarrollo del turismo nacional, contenidos en el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional aprobado por el MINCETUR; Que, el artículo 15º de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, señala que los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo refrendado por el ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio. Asimismo, indica el citado artículo, que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); Que, mediante Decreto Supremo Nº 191-2010- EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, a favor del Gobierno Regional del Departamento del Cusco, por la suma de S/. 3 397 338,00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de los proyectos: i) “Mejoramiento de Acceso al Conjunto Arqueológico de Tipón” y ii) “Instalación e Implementación de un Sistema de Señalización Turística Estandarizada en las Rutas Turísticas de las Provincias de Calca, La Convención, Paucartambo y Urubamba”; Que, mediante el Informe 165-2011/GR CUSCO- GRPPAT/SGPL, el Informe Nº 114-2011/GR CUSCO-GRPPAT-SGPCP, y el Ofi cio Nº 168-2011/GR CUSCOPR, de fechas 15 de marzo, 22 de marzo y 24 de marzo de 2011, respectivamente, el Gobierno Regional del Departamento del Cusco comunica al Plan COPESCO Nacional, que de acuerdo a la evaluación física y fi nanciera al 31 de diciembre del 2010, los Proyectos: i) “Construcción y Mejoramiento de Accesos Turísticos a Monumentos de Tipón” y ii) “Instalación e Implementación de un Sistema de Señalización Turística Estandarizada en las Rutas Turísticas de las Provincias de Calca, La Convención, Paucartambo y Urubamba”, alcanzaron una ejecución del 69% del total programado, por lo que el Gobierno Regional requiere de recursos que permitan garantizar la continuidad en la ejecución de dichas obras; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 157-2011-MINCETUR/DM de fecha 27 de mayo de 2011, se aprobó el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2011, el cual incluye, entre otros, los proyectos de inversión turística en los departamentos de La Libertad y Arequipa: i) Acondicionamiento Turístico del Complejo Arqueológico El Brujo de Cao, Distrito de Magdalena de Cao – Ascope – La Libertad” y ii) “Puesta en Valor, Conservación e Investigación del Conjunto Arqueológico Uyo Uyo en el Distrito de Yanque - Valle del Colca, Provincia de Caylloma- Arequipa”, los cuales serán fi nanciados con recursos provenientes del Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional; Que, los proyectos antes indicados, se encuentran en la etapa de ejecución por los respectivos Gobiernos Regionales y Gobierno Local y cuentan con declaratoria de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, cumpliendo con el artículo 15° de la Ley N° 29626 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, por razones de operatividad y en armonía con la política de descentralización y fortalecimiento de las capacidades de los Gobiernos Regionales y Locales, el Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo estima conveniente transferir recursos de la Unidad Ejecutora 004 Plan COPESCO Nacional, a favor de las entidades a cargo de la ejecución de los referidos proyectos, con quienes se ha suscrito los respectivos Convenios de Cooperación Interinstitucional; Que, mediante Informe N° 212-2011-MINCETUR/ SG/OGPPD, la Dirección General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo del MINCETUR, ha informado sobre la disponibilidad presupuestal con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2011 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para la transferencia de partidas propuesta, hasta por la suma de S/. 6 397 279,00 (SEIS MILLONES TRECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES); De conformidad con lo establecido por el artículo 15º de la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, a favor del Gobierno Regional del Departamento del Cusco, el Gobierno Regional del Departamento de La Libertad y la Municipalidad Provincial de Caylloma - Chivay, hasta por la suma de S/. 6 397 279,00 (SEIS MILLONES TRECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para ser destinadas a la ejecución de los proyectos incluidos en el Plan de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 004 : Plan COPESCO Nacional FUNCION 09 : Turismo PROGRAMA FUNCIONAL 022 : Turismo SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0045 : Promoción Del Turismo PROYECTO 2.111926 : Mejoramiento de Acceso al Conjunto Arqueológico de Tipón FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 613 386,00 PROYECTO 2.111928 : Instalación e Implementación de un Sistema de Señalización Turística Estandarizada en las Rutas Turísticas de las Provincias de Calca, La Convención, Paucartambo y Urubamba GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 694 747,00