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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de marzo de 2011 438007 DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como también para establecer la prórroga de la misma. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Sub Gerencias que la conforman, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaría General su publicación y a la Secretaría de Imagen Institucional su divulgación y difusión de sus alcances. Tercera.- Déjese sin efecto las normativas y/o disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 608076-1 Amplian prórroga de plazo de vigencia de la Ordenanza N° 206 “Beneficio para la presentación de declaración jurada tributaria en el distrito de San Juan de Lurigancho” DECRETO DE ALCALDIA N° 003 San Juan de Lurigancho, 16 de febrero del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO el Informe Nº 030-2011-GR/MDSJL de fecha 08/02/2011 de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 041- 2011-GAJ-MDSJL de fecha 09/02/2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad, con las funciones y atribuciones que les señala la ley; Que, mediante Ordenanza N° 206 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 13 de Enero del 2011, se aprobó el Otorgamiento del Benefi cio para la presentación de declaración jurada tributaria en el distrito de San Juan de Lurigancho, por medio del cual se condona el 100% del monto insoluto e intereses de las multas tributarias generadas o que se generen por no haberla presentado de manera oportuna o haberla declarado en forma incorrecta o incompleta, con la fi nalidad de incentivar el pago de obligaciones por parte de los contribuyentes de nuestro distrito; Que, en el Artículo Cuarto de la mencionada Ordenanza se faculta al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y/ o prórroga para la adecuada aplicación de la indicada norma legal; Que, mediante Informe Nº 030-2011-GR/MDSJL de fecha 08 de Febrero del 2011, emitido por la Gerencia de Rentas, se indica que estando por vencer la fecha de vigencia del Benefi cio establecido en la Ordenanza N° 206 y teniendo en cuenta que muchos de los contribuyentes de nuestro Distrito aún no han tenido la oportunidad de cumplir con sus obligaciones tributarias, se hace necesario prorrogar dicho plazo hasta el 31 de diciembre del 2011; Estando a lo antes expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 041-2011-GAJ/MSJL, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Único.- Ampliar, hasta el 31 de Diciembre del 2011, la prórroga del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 206 “Beneficio para la presentación de declaración jurada tributaria en el distrito de San Juan de Lurigancho”, según los considerandos expuestos. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 608074-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Acuerdo suscrito con la Secretaría General de la OEA relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores de la Misión de Observación Electoral para las Elecciones Generales del 10 de abril de 2011 Entrada en vigencia del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores de la Misión de Observación Electoral para las Elecciones Generales del 10 de abril de 2011” suscrito el 4 de febrero de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 026-2011- RE de fecha 22 de febrero de 2011, publicado el 23 de febrero de 2011. Entró en vigor el 4 de febrero de 2011. 608034-1 Entrada en vigencia del Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable Nº ATN/OC-12170-PE Estudios de Preinversión para Apoyar el Programa de Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua y Saneamiento en el Perú Entrada en vigencia del “Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable Nº ATN/OC-12170-PE Estudios de Preinversión para Apoyar el Programa de Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua y Saneamiento en el Perú” suscrito el 10 de octubre de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratificado por Decreto Supremo Nº 014-2011- RE de fecha 1 de febrero de 2011, publicado el 2 de febrero de 2011. Entró en vigor el 3 de febrero de 2011. 608035-1