Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2011 (01/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

438004

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 1 de marzo de 2011

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Prorrogan vigencia de Beneficio de Regularizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias y de Licencias de Funcionamiento
DECRETO DE ALCALDIA Nº 01-2011-A-MDC

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prorrogan plazo para la MORDAZA de la Declaracion Jurada Anual y pago al contado del Impuesto Predial o de su primera cuota, asi como para el pago de los Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero 2011
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2011

La MORDAZA, 28 de febrero de 2011 El MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, en virtud a lo estipulado en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendole al MORDAZA la potestad reglamentaria ejecutiva que se materializa a traves de Decretos de Alcaldia, de conformidad con lo establecido en el articulo 39° y 42° de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 13599-EF establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria, podra ser prorrogado con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, el literal a) del articulo 14° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece que los contribuyentes estan obligados a presentar declaracion jurada anualmente el ultimo dia habil del mes de febrero, salvo que el Municipio establezca una prorroga; Que, los literales a) y b) del articulo 15° del TUO de la Ley de Tributacion Municipal, estipula el pago al contado del Impuesto Predial hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano, y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota el ultimo dia habil de febrero; Que, la Ordenanza Nº 198 de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, ratificada por la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana mediante Acuerdo de Concejo Nº 489 de fecha 17 de diciembre del 2010, dispone la vigencia de la Ordenanza Nº 186 de esta Entidad MORDAZA, que establece el MORDAZA Normativo e Importe de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2010, para el ejercicio fiscal 2011; Que, el articulo MORDAZA de la Ordenanza 186 de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, senala que los Arbitrios Municipales son de periodicidad y determinacion mensual, siendo el vencimiento de los mismos el ultimo dia habil del mes al que corresponda la obligacion; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 004-2011 de fecha 28 de enero de 2011, se prorrogo hasta el 28 de febrero de 2011 el vencimiento de pago de la primera cuota de los Arbitrios Municipales correspondiente al mes de enero del ejercicio fiscal 2011; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la precitada Ordenanza, faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la Ordenanza, asi como para disponer la prorroga de los plazos correspondientes; Que, siendo politica de la Administracion Municipal el otorgar facilidades a los vecinos del distrito para que paguen de manera oportuna sus tributos, se hace necesario prorrogar el plazo de vencimiento para la

Cieneguilla, 26 de febrero del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: El Informe Nº 021-2011-MDC/GR, de fecha 24 de Febrero del 2011 de la Gerencia de Administracion Tributaria, y el Informe Nº 85-GAJ-MDC, de fecha 25 de Febrero del 2011 de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre ampliacion de la vigencia del Beneficio de Regularizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias y de Licencias de Funcionamiento en el distrito de Cieneguilla. CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972 los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal. Que, mediante Ordenanza Nº 128-2011-MDC, se establecio el Beneficio de Regularizacion de Deudas Tributarias y No Tributarias y de Licencias de Funcionamiento, a favor de los contribuyentes del distrito de Cieneguilla para que regularicen sus obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de pago, en cualquier estado que se encuentren. Que, la primera disposicion final de la Ordenanza Nº 128-2011-MDC faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como disponer la prorroga de la misma de ser necesario. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los articulos 20º inciso 6 y 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. DECRETA: Articulo Primero: PRORROGAR el plazo de vigencia previsto en el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 1282011-MDC, hasta el 31 de Marzo del 2011. Articulo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Administracion Tributaria, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, a Secretaria General disponga su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe), en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional la difusion de la misma. Registrase, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA
607785-1

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