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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2011 (01/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 1 de marzo de 2011 438005 presentación de la Declaración Jurada Anual y pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial 2011, así como para el pago de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de enero y febrero del presente ejercicio; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6 del artículo 20° y artículos 39° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2011, el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual y pago al contado del Impuesto Predial, o de su primera cuota según corresponda, así como para el pago de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de enero y febrero del presente ejercicio. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, a la Gerencia de Comunicaciones y Participación Vecinal y Gerencia de Rentas, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto en lo que fuera de su competencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK Alcalde 607978-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Modifican el Artículo 8° del Reglamento General de Espectáculos Taurinos ORDENANZA Nº 231-2011-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC; POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC, Visto en sesión ordinaria de Concejo de fecha diez de Febrero del dos mil once, la moción de orden presentada por los Regidores Antidoro Víctor Bernardo Gonzáles y Víctor Manuel Vega Neciosup referido a la modifi catoria del artículo 8º del Reglamento General de Espectáculos Taurinos aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 90- 99-MDR de fecha 16.10.99, con el voto mayoritario de los señores Regidores, con dispensa del Dictamen de Comisión y aprobación del acta; el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 8º DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESPECTÁCULOS TAURINOS Artículo 1°.- MODIFÍQUESE el Artículo 8º del Reglamento General Taurino, quedando redactado de la siguiente manera: ”Artículo 8: La persona natural o jurídica que solicite autorización para realizar un espectáculo público no deportivo no deberá tener ninguna deuda tributaria o administrativa con la municipalidad y asimismo deberá presentar una carta fi anza de carácter solidario, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida por una institución fi nanciera supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP”. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Secretaria General, Gerencia Municipal y Gerencia de Rentas, el cumplimiento de lo establecido en la presente disposición municipal. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los diez días del mes de febrero del dos mil once. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 608044-1 Designan responsables de brindar información que demanden los administrados y de la elaboración y actualización del portal de internet de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 0210-2011-MDR. Rímac, 18 de febrero de 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC; CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido; Que, en concordancia a lo establecido en la Constitución, se promulga la Ley N° 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM se aprueba el Texto Único Ordenando de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y en cumplimiento de éste, mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM su Reglamento; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, concordado con el artículo 3, incisos b) y c) y el artículo 4 del Reglamento, el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; así como la obligatoriedad designar a los funcionarios responsables de entregar la información y elaborar el Portal de Transparencia; Estando a lo expuesto y con las atribuciones conferidas en el numeral 6 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la señora Abg. NELLY GIOVANNA ROJAS SOTELO, Secretaria General de la Municipalidad Distrital del Rímac, como la funcionaria responsable de brindar información que demanden los administrados. Artículo Segundo.- DESIGNAR al señor LIONEL CASTILLO CHAVEZ, Jefe de la Unidad de la Unidad de Sistema Informática de la referida corporación edil, como responsable de la elaboración y actualización del portal de Internet de la Municipalidad Distrital del Rímac www. munirimac.gob.pe. Artículo Tercero.- Disponer que los funcionarios y servidores que forman parte de la Municipalidad,