Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2011 (04/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES
ANEXO N° 01 PROCEDIMIENTO CODIGO DENOMINACION LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CON INSPECCION DE SEGURIDAD BASICA POSTERIOR LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CON INSPECCION PREVIA DE SEGURIDAD BASICA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CON INSPECCION PREVIA DE SEGURIDAD DE DETALLE

438417

el Art. 36º, parrafo 36.2 de la Ley Nº 27444, solamente podra exigirse a los administrados el cumplimiento de los procedimientos o requisitos administrativos que se encuentren previamente establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, no pudiendo requerirse procedimiento, tramite, requisito u otra informacion, documentacion o pago que no consten en dicho Texto, bajo responsabilidad del funcionario o servidor publico que los exija, aplicandosele las sanciones establecidas en los articulos 4º y 5º; Que, el Art. 9° de la Ley del Silencio Administrativo ­ Ley Nº 29060 dispone a todas del Estado justificar ante la Presidencia del Consejo de Ministros todos los procedimientos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, asimismo la Ley del Silencio Administrativo ­ Ley Nro. 29060 impulso la aplicacion del Silencio Administrativo Positivo regulando el mismo en los articulos 1° y 2° de la ley MORDAZA indicada; Que, de conformidad con el Art. 38.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, Las Municipalidades estan obligadas a publicar el integro de su MORDAZA, bajo responsabilidad de su titular. Sin embargo, podran hacerlo MORDAZA, cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten. Que, el Art. 38° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 las normas y disposiciones municipales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del derecho administrativo; Que, la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM dispuso que las entidades del Estado deberan recalificar los procedimientos administrativos previstos en sus TUPAs procurando su generalizacion de los procedimientos a aprobacion automatica conforme lo previsto en el Art. 31.4 de la Ley Nº 27444; Que, el Art. 35.8 de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444 senala que una vez aprobado el MORDAZA toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar se debe realizar por Decreto de Alcaldia; Que, el Art. 36.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444 senala que las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos podran aprobarse por Decreto de Alcaldia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 190-2010EF se ha aprobado las metas e indicadores para el ano 2011 del Programa de Modernizacion Municipal las cuales tienen como finalidad promover las condiciones para la mejora del clima de negocios mediante la simplificacion administrativa incidiendo principalmente en procedimientos como la Licencia de Funcionamiento; Que, en el MORDAZA del proyecto TRAMIFACIL se conformo el equipo tecnico local responsable de la actualizacion del procedimiento de la Licencia de Funcionamiento establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad ­ TUPA; En uso de las facultades conferidas en el Articulo 20° numeral 6) y el Art. 39° y 42° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar la actualizacion y las modificaciones del procedimiento de licencia de funcionamiento que se acompanan al presente dispositivo. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la actualizacion de la licencia de funcionamiento en el MORDAZA Institucional, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas y en los Periodicos Murales de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA CHUMBIMUNE MORDAZA Alcaldesa

% UIT DERECHO (2011) DE PAGO 3600

01

88.00 2.44%

02

151.00 4.19%

03

110.00 3.06%

609375-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de los insumos necesarios para el Programa de Vaso de Leche durante los meses de enero, febrero y marzo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 015-2011-MPV EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA VISTO, en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 22 de febrero del ano 2011, sobre exoneracion del MORDAZA de seleccion por situacion de desabastecimiento inminente, para la adquisicion de productos alimentarios para el Programa de Vaso de Leche, y; CONSIDERANDO: Que, el Programa del Vaso de Leche es un programa social creado para proveer apoyo en la alimentacion a traves de la entrega de una racion diaria de alimentos a una poblacion considerada vulnerable, con el proposito de ayudarla a superar la inseguridad alimentaria en la que se encuentra. Que, los articulos 20°, 21° y 22° del D.Leg. Nº 1017 concordantes con los articulos 129°, 133°, 134° y 135° del D.S. Nº 184-2008-EF, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, respectivamente, regulan el procedimiento de Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por la causal de Desabastecimiento Inminente, asi como su formalidad. Que, mediante Informes Tecnicos Nº 043-2011-OGA/ MPV, 43-2011-OA.SS.GGyCP/MPV, se advierte que desde el mes de enero existe un desabastecimiento de productos alimentarios para el Programa Vaso De Leche, precisando ademas que resulta necesario declarar el desabastecimiento inminente de los mismos y aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion que corresponde para la adquisicion de los siguientes productos necesarios para cubrir el deficit de alimentos en el Programa de Vaso de Leche:
Gramos Dias de Beneficiarios Racion Por Atencion / Dia 90 Dias Racion Total Gramos 90 Dias Total Kg.

Producto

Hojuelas precocidas de Quinua MORDAZA enriquecidas con 25.3564 Vitaminas y Minerales Leche evaporada en 27.3333 tarro de 410 gr.

90

2829

254610

6 456 000

6 456

90

22829

254610

6 959 339.151

16974

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