Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2011 (05/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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Reglamento de la Ley de Canon, regulando los nuevos criterios de distribucion establecidos por la Ley Nº 28322; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los indices de distribucion del Canon Gasifero son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante resolucion ministerial, sobre la base de los calculos que para tal efecto formule la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales, considerando los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, sobre la base de la informacion estadistica disponible proporcionada por el Ministerio de Energia y Minas mediante el Oficio N° 048-2011-EM/VME y el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica INEI mediante los Oficios Nºs. 159-2011-INEI/DTDIS y 188-2011-INEI/DTDIS; la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales del Ministerio de Economia y Finanzas procedio a efectuar los calculos correspondientes para la determinacion de los indices de distribucion del Canon Gasifero proveniente de regalias y la participacion del Estado en los contratos de servicios del ano 2011; Que, es conveniente aprobar los indices de distribucion del Canon Gasifero para el ano 2011 proveniente de regalias y la participacion del Estado en los contratos de servicios; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 27506 y el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los indices de distribucion del Canon Gasifero para el ano 2011 proveniente de regalias y la participacion del Estado en los contratos de servicios, a ser aplicados a las municipalidades provinciales y distritales y gobiernos regionales del MORDAZA beneficiados con este Canon, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo a que se refiere el articulo 1° sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas
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reajustado por los indices de correccion monetaria que establece el Ministerio de Economia y Finanzas en base a los Indices de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI); Que, conforme al articulo 11º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias, los indices de correccion monetaria seran fijados mensualmente por Resolucion Ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas, la cual sera publicada dentro de los primeros cinco (5) dias habiles de cada mes; Que en tal sentido, es conveniente fijar los referidos indices de correccion monetaria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- En las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- realicen desde el dia siguiente de publicada la presente Resolucion hasta la fecha de publicacion de la Resolucion Ministerial mediante la cual se fijen los indices de correccion monetaria del siguiente mes, el valor de adquisicion, de construccion o de ingreso al patrimonio, segun sea el caso, se ajustara multiplicandolo por el indice de correccion monetaria correspondiente al mes y ano de adquisicion del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolucion. El referido Anexo sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www. mef.gob.pe) en la misma fecha en que sea publicada esta Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas
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EDUCACION
Modifican los articulos 40º y 45º de los "Lineamientos y Procedimientos para el Concurso Publico para nombramientos de profesores 2009 al I nivel de la MORDAZA Publica Magisterial de la Ley Nº 29062"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0085-2011-ED

MORDAZA, 4 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, el articulo 12° de la Ley N° 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial, dispone que el Ministerio de Educacion es el responsable de planificar, conducir, monitorear y evaluar el MORDAZA de ingreso a la MORDAZA Publica Magisterial; Que, el articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 4232010-ED, convoca a concurso publico para nombramiento de profesores en el Area de Gestion Pedagogica bajo el regimen de la Ley N° 29062, en el I nivel magisterial, en plazas organicas presupuestadas de Educacion Basica y Educacion Tecnico Productiva vacantes al 20 de enero del 2011; Que, el articulo 2° de la citada Resolucion Ministerial dispone que seran de aplicacion al referido concurso los "Lineamientos y Procedimientos para el Concurso Publico para nombramiento de profesores 2009 al I nivel de la MORDAZA Publica Magisterial de la Ley N° 29062", aprobados por el articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 0295-2009-ED, modificada por la Resolucion

Fijan indices de correccion monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales
RESOLUCION MINISTERIAL N° 170-2011-EF/15

MORDAZA, 4 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias, se dispone que en el caso de enajenacion de bienes inmuebles el costo computable es el valor de adquisicion, construccion o de ingreso al patrimonio

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