Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2011 (05/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de marzo de 2011

de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; el numeral 8) del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y la Resolucion Ministerial N° 276-2010-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva General Nº 001-2011MTPE/3/17, denominada "Directiva que regula el Servicio de Informacion y Orientacion PERU INFOMIGRA", la misma que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Viceministerial y la Directiva General Nº 001-2011-MTPE/3/17, denominada ""Directiva que regula el Servicio de Informacion y Orientacion PERU INFOMIGRA", en el MORDAZA del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo www.mintra.gob.pe, y en el MORDAZA del Estado Peruano, www.peru.gob.pe; siendo responsable de dicha accion el Jefe de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral
610402-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a MORDAZA para participar en el IV Foro Internacional de la MORDAZA ISBD-T
RESOLUCION SUPREMA N° 009-2011-MTC

MORDAZA, 4 de marzo de 2011 VISTO: El Memorandum Nº 671-2011-MTC/03 y la Nota de Elevacion Nº 040-2011-MTC/03 emitidos por el Viceministro de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Informe No. 06662011-MTC/28 emitido por el Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, habiendose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado literal seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 019-2009MTC publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24 de MORDAZA de 2009, se adopto el estandar ISDBT (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial), con las mejoras tecnologicas que hubiere al momento de su implementacion, como sistema de television digital terrestre para el Peru;

Que, mediante Oficio Nº 2020-2010-MTC/01, el Ministro de Transportes y Comunicaciones comunico al Embajador de Brasil en Peru, que los representantes ante las reuniones que se desarrollen con motivo del Foro Internacional de ISDB-T, son los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Comunicaciones y MORDAZA MORDAZA Pirgo, Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; Que, mediante Cartas del 28 de enero de 2011, el Subsecretario de Telecomunicaciones del Gobierno de MORDAZA comunica que el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones de su MORDAZA, a traves de la Subsecretaria de Telecomunicaciones (SUBTEL), se encuentra organizando el IV Foro Internacional de la MORDAZA ISBD-T, que se desarrollara en la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 28 al 29 de marzo de 2011; Que, el referido encuentro convoca a las maximas autoridades de los gobiernos y expertos tecnicos internacionales del ambito de las telecomunicaciones, de los paises que han adoptado la MORDAZA ISDB-T, quienes expondran y discutiran sobre aspectos relevantes en la planificacion, implementacion y monitoreo del MORDAZA de desarrollo de la television digital en los respectivos paises; Que, la television digital terrestre recientemente implementada en nuestro MORDAZA, constituye un vehiculo que permite aprovechar sus multiples funcionalidades en cuanto a calidad de audio y video, y MORDAZA a sus ventajas constituye una potencial plataforma para la implementacion de proyectos relacionados a las Tecnologias de Informacion y Comunicacion; y siendo que en el mencionado Foro se discutiran aspectos relevantes para la armonizacion de politicas de los paises que han adoptado el estandar ISDB-T como sistema de television digital terrestre, es necesaria la participacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el mencionado evento; Que, los gastos por concepto de pasajes y viaticos, seran asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto; Que, la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ha emitido las Certificaciones de Credito Presupuestario Nºs. 00814 - 2011, 00815 - 2011, 00904 - 2011 y 00905 - 2011; de conformidad con lo establecido en el articulo 77 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, la Ley Nº 29626, y el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Comunicaciones y del senor MORDAZA MORDAZA Pirgo, Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 27 al 30 de marzo de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos US$ 2,834.20 US$ 1,200.00

Articulo 3.- Dentro de los siete (07) dias calendario de su retorno al MORDAZA, los funcionarios mencionados en el articulo 1 de la presente resolucion, deberan presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios

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