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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2011 (05/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de marzo de 2011 438450 EL PROCEDIMIENTO deberá iniciarse en un plazo no mayor de un año (01) contado a partir del momento en que el Ministro tenga conocimiento del Informe de Control o de alguna denuncia que determine la presunta comisión de la falta disciplinaria. El Despacho Ministerial deberá remitir el informe de control o la denuncia, a la brevedad, al Área de Procesos Administrativos Disciplinarios para que remita el expediente a la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios que corresponda. La prescripción será declarada de ofi cio o a pedido de parte en vía de defensa y la autoridad deberá resolverla sin más trámite que la constatación de los plazos, debiendo en caso de estimarla fundada, disponer que la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios pertinente eleve un informe detallado de las causas de la prescripción a fi n de dilucidar el inicio de las acciones administrativas a que hubiere lugar.” “Artículo 43º.- PRESCRIPCIÓN POR TRANSGRESIÓN AL CÓDIGO DE ÉTICA En el caso de denuncias por transgresión a la Ley del Código de Ética de la Función Pública y/o su Reglamento, el plazo de prescripción es de tres (03) años contados a partir de la fecha de recepción de la denuncia por parte del Despacho Ministerial. (…)” Artículo 2º.- Procesos en trámite Los procedimientos administrativos disciplinarios que se encuentren en trámite antes de la vigencia de la presente Resolución Ministerial, deberán adecuarse a las disposiciones establecidas en la presente Resolución, en lo que resulte aplicable. Artículo 3º.- Vigencia La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 610347-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Autorizan viaje de Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN para participar en el Latin American Investment Forum Infrastructure and Energy y en los Road Show Proinversión, a realizarse en el Reino Unido y en España ACUERDO PROINVERSIÓN Nº 409-4-2011 Acuerdo adoptado en el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su Sesión Nº 409 de fecha de 3 de marzo de 2011 “Visto el Resumen Ejecutivo Nº 001-2011-DFPI/ PROINVERSION y el Informe Legal Nº 111-2011-OAJ- PROINVERSION, ambos de fecha 02 de marzo 2011, se acuerda: 1. Aprobar la autorización de viaje al exterior del señor Jorge Alejandro León Ballén, Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN, para participar en el Latin American Investment Forum Infrastructure and Energy y en los Road Show Proinversión, a realizarse en las ciudades de Londres, Reino Unido, Madrid y Barcelona, España, entre los días 10 y 15 de marzo de 2011 respectivamente. 2. Aprobar los gastos que irrogue el viaje mencionado en el numeral 1 precedente, los mismos que serán asumidos con cargo al presupuesto de PROINVERSIÓN, conforme al siguiente detalle: Pasajes: US$ 2 472.62 Viáticos: US$ 2 080.00 3. Lo establecido en los Numerales 1 y 2 precedentes no otorgará derechos a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. 4. Dentro de los quince (15) días siguientes de efectuado el viaje, se deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes que se aprueben mediante el presente acuerdo. 5. Gestionar la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Transcribir el presente acuerdo a la Dirección Ejecutiva, a la Dirección de Facilitación y Promoción de Inversiones, a la Ofi cina de Asesoría Jurídica y a la Ofi cina de Administración y Finanzas de PROINVERSIÓN, exonerándolo del trámite lectura y aprobación del acta.” TABATA D. VIVANCO Secretaria de Actas Consejo Directivo PROINVERSIÓN 609815-1 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Otorgan plazo adicional para que el Grupo de Trabajo de la Federación Deportiva Peruana de Ajedrez cumpla con las funciones previstas en la Res. Nº 036-2010-P/CD-IPD RESOLUCIÓN Nº 002-2011-P/CD-IPD Lima, 22 de febrero del 2011 Vistos, el expediente Nº 003683, presentado por el Grupo de Trabajo de la Federación Deportiva Peruana de Ajedrez; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Nº 036-2010-P/CD-IPD, de fecha 23 de agosto de 2010, se designó al Grupo de Trabajo de la Federación Deportiva Peruana de Ajedrez, la misma que en un plazo de seis (6) meses tiene como función principal la de restablecer la legalidad de la federación deportiva, así como ordenar su funcionamiento, depurar el padrón electoral y convocar a elecciones, contando con las facultades propias de la Junta Directiva, más las señaladas en los artículos 45º y 46º de la Ley Nº 28036; Que, por expediente del exordio, el Presidente del Grupo de Trabajo de la Federación Deportiva Peruana de Ajedrez solicita una prórroga por noventa (90) días hábiles de las funciones del Grupo de Trabajo de la Federación Deportiva Peruana de Ajedrez, en atención a las diversas actividades programadas; Que, de conformidad con el artículo 11º numeral 13), de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, modifi cada por la Ley Nº 29544, es función del Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte,