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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de marzo de 2011 439018 que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, la Ley 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo N° 047-2002- PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Navío SN. (MC), Miguel Antonio ACUÑA Lara, CIP. 00800594 y DNI. 17882525,’ para que participe en el Curso de Otorrinolaringología, a realizarse en la ciudad de Miami del Estado de Florida, Estados Unidos de América, del 2 de mayo al 10 de junio de 2011. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Miami (EE.UU.) - Lima US$ 1,510.39 x 1 persona (Incluye TUUA) El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de fecha 26 enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4°.- El mencionado Ofi cial Superior revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 5°.- El Ofi cial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendarios contados a partir de la fecha de retorno del país. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 614835-6 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. y Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 226-2011-DE/SG Lima, 11 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 158, de fecha 07 de marzo de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Comando Sur de los Estados Unidos tiene prevista, como parte de su Programa de Ayuda Humanitaria, una visita a los diferentes proyectos que viene realizando, entre ellos, el programa de Iniciativa Global de Operaciones de Paz - GPOI; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Viceministerio de Políticas para la Defensa y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, detallado a continuación, del 20 al 26 de marzo de 2011, con la fi nalidad de visitar los diferentes proyectos que se desarrollan en forma conjunta con las Fuerzas Armadas del Perú, con fondos del Programa de Ayuda Humanitaria - HAP y el Programa de Iniciativa Global de Operaciones de Paz -GPOI: 1. CORONEL USA STEVEN J. ROEMHILDT 2. TTE CORONEL USA JOHN W. HEATON Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 614341-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 227-2011-DE/SG Lima, 11 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 167, de fecha 09 de marzo de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del