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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2011 (17/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de marzo de 2011 439061 Que, la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del titular de la entidad; De conformidad con la referida Ley N° 29626, la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Diana Sayuri Bayona Matsuda, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Seúl, República de Corea, del 18 al 22 de marzo de 2011, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en las reuniones a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 4 214,31 Viáticos (US$ 260,00 x 4 días) : US $ 1 040,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Diana Sayuri Bayona Matsuda presentará al Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 614225-1 Aprueban el Plan Nacional de Calidad Turística - CALTUR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 073-2011-MINCETUR/DM Lima, 14 de marzo de 2011 Vistos el Informe N° 021-2011-MINCETUR/VMT/AL- GRO y el Memorándum N° 134-2011-MINCETUR/VMT, del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, en materia de turismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía; Que, el artículo 38° de la Ley N° 29408, Ley General de Turismo establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, los gobiernos regionales y locales en materia de calidad turística impulsan las buenas prácticas, así como la estandarización y normalización en la prestación de servicios; Que, el artículo 35° del Reglamento de la Ley General de Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR, señala que la promoción de la implementación de buenas prácticas, estandarización y normalización de los servicios turísticos a cargo del MINCETUR, Gobiernos Regionales, Municipalidad Metropolitana de Lima y Gobiernos Locales debe efectuarse teniendo en consideración los objetivos y estrategias del Plan Nacional de Calidad Turística - CALTUR, que será aprobado por Resolución Ministerial del MINCETUR; Que, a través de los documentos del vistos se sustenta la necesidad de aprobar el Plan Nacional de Calidad Turística – CALTUR; De conformidad con la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, la Ley N° 29408, Ley General de Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación Aprobar el Plan Nacional de Calidad Turística – CALTUR, que en Anexo en ocho (08) folios, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano” y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe) en la misma fecha de su publicación ofi cial. Artículo 3°.- Vigencia La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 614226-1 Modifican la Política de Comercialización de Servicios No Exclusivos de PROMPERÚ, aprobada por la Res. Nº 082-2010-PROMPERÚ/SG RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 028-2011-PROMPERÚ/SG Lima, 10 de marzo de 2011 Vistos, los Memorandos Nºs. 006-2011/DPE-SDPC, 008-2011/DPE-SDPC, 027-2011-PROMPERU/SDPC y 078/2011-PROMPERU/DPE-SDPC de la Sub Dirección de Promoción Comercial; los Memorandos Nºs. 24.2011- PROMPERU/PT-TR y 114.2011-PROMPERU/PT-TR de la Sub Dirección de Promoción del Turismo Receptivo; y los Memorandos Nºs. 042-2011/PROMPERU/SG- OPP y 043-2011/PROMPERU/SG-OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Secretaría General Nº 082-2010- PROMPERU/SG, del 24 de agosto de 2010, se aprobó la Carta de Servicios y la Política de Comercialización de los Servicios No Exclusivos que brinda la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, la misma que fue modifi cada por Resoluciones de Secretaría General Nºs. 098, 123 y 136-