Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2011 (17/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueologicos prehispanicos declarados patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a los propietarios, a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 614796-6

Declaran patrimonio cultural de la Nacion a monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 313-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 14 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 924-2010-HABS/SDSP/DA/ DREPH/MC de fecha 15 de diciembre de 2010, la Sub Direccion de Supervision y Peritaje de la Direccion de Arqueologia comunica que se han identificado tres (03) monumentos arqueologicos prehispanicos durante la ejecucion del "Plan de Monitoreo Arqueologico de la obra ampliacion e interconexion del sistema de electrificacion a Huamboy, MORDAZA MORDAZA, Paran, MORDAZA y Pichupampa", a cargo de la Lic. MORDAZA MORDAZA Tufinio MORDAZA, con R.N.A. Nº CT-0244; Que, mediante Acuerdo Nº 0292-2010/MC de fecha 22 de diciembre de 2010, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo, entre otros, recomendar a la Alta Direccion del Ministerio de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos Pueblo Viejo, Raniahuanco Bajo y Raniahuanco Bajo 1, ubicados en el distrito de Sayan, provincia de Huaura, departamento de Lima; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley Nº 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14º de la Ley Nº 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y

ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0572010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se preciso la autorizacion otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitacion y resolucion de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondia a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ambito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Estando a lo visado por el Director de Gestion, Director de Arqueologia y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 29565 ­ Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos cuya ubicacion se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Provincia Nombre del sitio arqueologico Pueblo Viejo Raniahuanco Bajo Raniahuanco Bajo 1 Sayan Sayan Sayan MORDAZA Huaura Distrito Datum WGS84 MORDAZA 18 UTM Este 266390 268069 268619 UTM Norte 8776744 8777808 8778362

Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Arqueologia del Ministerio de Cultura la elaboracion de los expedientes tecnicos de los monumentos arqueologicos prehispanicos mencionados en el Articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueologicos prehispanicos declarados patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a los propietarios, a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 614796-7 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 314-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 14 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 549-2008-SDIC-DADREPH/INC de fecha 08 de MORDAZA de 2008, la Sub

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