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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2011 (17/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de marzo de 2011 439077 Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 057- 2010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se precisó la autorización otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolución Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitación y resolución de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondía a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ámbito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley Nº 29565 – Ley de creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, que aprueba la fusión de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Lima Provincia Huarochirí Nombre del sitio Distrito Datum PSAD56 Zona 18 arqueológico UTM Este UTM Norte Conchucillo Mariatana 349140.35 8639587.37 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueología del Ministerio de Cultura la elaboración del expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el Artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 4º.- Remitir copia fedateada de la presente resolución al propietario, a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese BERNARDO ROCA-xREY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 614796-13 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 DECRETO SUPREMO Nº 043-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas; Que, con Decreto Supremo Nº 237-2010-EF se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 20 000 000,00), destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto “Modernización del Sistema de Administración Financiera Pública para Mejorar la Programación, Ejecución y Rendición de Cuentas de los Recursos Públicos”, encargándose a la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales la ejecución de dicho proyecto, conforme a lo señalado en el artículo 3º de la mencionada norma legal; Que, la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29627 – Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2011, faculta al Poder Ejecutivo para que por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas, apruebe la incorporación presupuestaria en el Pliego Ministerio de Economía y Finanzas de los recursos provenientes de la operación de endeudamiento externo mencionada en el considerando precedente; Que, en atención a lo dispuesto en la citada norma legal, la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales solicita la incorporación de recursos en el presente año por DIECINUEVE MILLONES CIENTO DOCE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 112 800,00), para fi nanciar las actividades del proyecto “Modernización del Sistema de Administración Financiera Pública para Mejorar la Programación, Ejecución y Rendición de Cuentas de los Recursos Públicos”, que se enmarcan en el Contrato de Préstamo Nº 2445/OC-PE, aprobado con Decreto Supremo Nº 237-2010-EF; Que, en consecuencia, es necesario incorporar en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 la suma de DIECINUEVE MILLONES CIENTO DOCE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 112 800,00), a favor del Pliego 009 Ministerio de Economía y Finanzas, en la Fuente de Financiamiento 3 - Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito; y, De conformidad con lo establecido en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29627 – Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y el literal a) del numeral 39.1 del artículo 39º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de DIECINUEVE MILLONES CIENTO DOCE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 112 800,00), para el fi nanciamiento del proyecto Modernización del Sistema de Administración Financiera Pública para Mejorar la Programación, Ejecución y Rendición de Cuentas de los Recursos Públicos, a cargo de la Unidad Ejecutora 004 – Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales, del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito 1.8 : Endeudamiento 1.8.1 : Endeudamiento Externo 1.8.1.1 : Créditos Externos 1.8.1.1.2 : Provenientes de Organismos Internacionales o Agencias Ofi ciales