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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de marzo de 2011 439109 Que, de conformidad con lo que dispone el inciso 6), Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las municipalidades son competentes para; Planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se señalan las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específi cas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 74º de la Ley antes acotada, las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida una función promotora, normativa y reguladora, así como las de ejecución, fi scalización y control, en las materias de su competencia; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Ordenanza Nº 912-MML, aprobó el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de un Sector del Distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana; disponiendo en el Artículo 8º que la Municipalidad de Santiago de Surco, en estricta sujeción a las normas aprobadas por la mencionada Ordenanza, formule y apruebe por Decreto de Alcaldía, los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de Estacionamientos, Retiros, Tamaño Mínimo de Departamentos y Otros para su aplicación en la jurisdicción distrital; Que, dando cumplimiento a lo dispuesto por la Municipalidad Provincial, esta Corporación mediante Decreto de Alcaldía Nº 07-2006-MSS aprobó el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, y el plano de Secciones y Áreas de Tratamiento diferenciado (Plano S-01), correspondiente al sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana; sin embargo, la citada norma ha sido modifi cada, ampliada y precisada por diversas normas (Decretos de Alcaldía: Nº 12-2006-MSS publicado el 18.12.2006, Nº 20-2007-MSS publicado el 21.12.2007, Nº 01-2008-MSS publicado el 23.01.2008, Nº 19-2008- MSS publicado el 23.12.2008, Nº 05-2009-MSS publicado el 07.04.2009, Nº 06-2009-MSS publicado el 30.04.2009, Nº 07-2009-MSS publicado el 07.05.2009, Nº 07-2008- MSS publicado el 28.03.2008, Nº 16-2008-MSS publicado el 08.07.2008, Nº 13-2009-MSS publicado el 17.07.2009, Nº 013-2010-MSS publicado el 23.04.2010, Nº 23-2010- MSS publicado el 09.09.2010 y Nº 28-2010-MSS publicado el 10.11.2010); Posteriormente a través del Decreto de Alcaldía Nº 13-2009-MSS publicado el 17.07.2009, se aprobó el “Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios correspondiente al sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana”, publicado el Diario Ofi cial El Peruano el 26.03.2009, el mismo que a la fecha se mantiene vigente con las modifi caciones contenidas en los Decretos de Alcaldía Nº 013, 023 y 028–2010-MSS; A través de la Ordenanza 378-MSS publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 12.01.2011, se dispuso suspender temporalmente por un período de 45 días hábiles, la recepción de nuevas solicitudes correspondientes a los procedimientos de Licencia de Edifi cación y Habilitaciones Urbanas, Licencias de Funcionamiento y los Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios para los lotes ubicados en el distrito de Santiago de Surco, siendo uno de los objetivos de dicha norma efectuar la evaluación del marco normativo aplicable a la jurisdicción de Santiago de Surco; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano presentó el proyecto del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios correspondiente al sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana; señalando, que el mismo es el resultado del estudio minucioso, análisis y evaluación del Decreto de Alcaldía Nº 013-2009- MSS y sus modifi catorias, teniendo en consideración la problemática actual en lo referente a las alturas, retiros, estacionamiento, área libre y otros; reglamento que permitirá un adecuado desarrollo Urbano del Distrito; Que, en ese contexto, es necesario derogar el Decreto de Alcaldía Nº 013-2009-MSS publicado en el diario ofi cial El Peruano el 17.07.2009; así como todos los Decretos de Alcaldía que modifi caron, precisaron y ampliaron dicha norma; Que, habiendo cumplido la Gerencia de Desarrollo Urbano con presentar el proyecto del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios correspondiente al sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana; se hace necesario dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía Nº 013-2009-MSS; Que, es necesario precisar, que el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General”; dispone que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de 30 días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, a fi n que las personas interesadas formulen sus comentarios sobre las normas propuestas; Que, el presente proyecto de Decreto de Alcaldía, no se encuentra dentro de los alcances señalado en el párrafo precedente; siendo innecesaria la prepublicación; por cuanto, dicha disposición tiene por objetivo unifi car la normatividad existente, para que su aplicación sea efi caz en los trámites administrativos que se solicitan a diario en esta Corporación; Que, asimismo, el proyecto materia de autos, es producto del estudio de los parámetros técnicos existentes, teniendo en cuenta las constantes quejas vecinales; así como, los proyectos de edifi cación que revisa la Municipalidad a través de sus profesionales técnicos y los delegados de los Colegios Profesionales; Que, estando a lo dispuesto por el Artículo 42º de la Ley de Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldía, se regulan entre otros, asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Estando al Informe Nº 060-2011-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano y el Informe Nº 274 -2011- GAJ-MSS, de la Gerencia de Asesoría Jurídica. En uso en uso de las facultades establecidas en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 7972 Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Nuevo Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios correspondiente al sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana. Artículo Segundo.- APROBAR el Plano Nº PEU 01-2011-MSS “Plano de Estructuración Urbana”, correspondiente al sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana. Artículo Tercero.- APROBAR el Plano Nº BRV-01- 2011 “Bahías o Refugios Vehiculares en lotes ubicados frente a Vías Locales y Metropolitanas”, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Cuarto.- DEROGAR el Decreto de Alcaldía Nº 013-2009-MSS “Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios correspondiente al sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana”, publicado el Diario Ofi cial El Peruano el 26.03.2009; así como las modifi catorias, ampliaciones y precisiones, efectuadas con posterioridad al citado decreto. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Disponer que la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Desarrollo Económico dentro del plazo de 90 días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente norma, formule el Reglamento para la Ubicación de Actividades Urbanas (Estándares de Calidad) y el Cuadro de Niveles Operacionales para la localización de actividades Urbanas del sector del