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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2011 (27/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de marzo de 2011 439779 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de funcionario del Ministerio a Estados Unidos, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 084-2011-PCM Lima, 26 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, los días 28 y 29 de marzo de 2011, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América se llevarán a cabo Reuniones de Trabajo en el marco del 141° Período de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; Que, resulta de importancia nacional e institucional la participación del Secretario Ejecutivo de la CMAN en las citadas reuniones debido a que versarán sobre el cumplimiento en materia de reparaciones comprometidas a favor de las víctimas del denominado caso “Comunicado de Prensa Conjunto de Febrero de 2001”; Que, los gastos por concepto de pasajes el cual incluye la tarifa única por uso de aeropuerto y viáticos del citado funcionario serán asumidos con cargo a la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo N° 063-2007-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Jesús Aliaga Baldeón, Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las Acciones y Políticas del Estado en los Ambitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional – CMAN, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 27 al 30 de marzo de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución suprema serán con cargo a la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye la TUUA) : US$ 2 590.20 Viáticos : US$ 660.00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar a la Presidenta del Consejo de Ministros un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la persona cuyo viaje se autoriza. Artículo 5°.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema N° 042-2011-PCM. Artículo 6°.- La presente resolución suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 620163-3 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 008-2009-EF que calificó para efecto del Decreto Legislativo Nº 973 a Inversiones Nacionales de Turismo S.A. – INTURSA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2011-MINCETUR Lima, 25 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de junio del 2008, INVERSIONES NACIONALES DE TURISMO S.A. – INTURSA celebró, en su calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, de conformidad con lo establecido por el Artículo 3º del referido Decreto Legislativo; Que, mediante Resolución Suprema Nº 008-2009- EF se aprobó como empresa califi cada, para efecto del artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 973 a INVERSIONES NACIONALES DE TURISMO S.A. – INTURSA, por el desarrollo del proyecto denominado “Hotel El Libertador Westin Centro de Convenciones”; asimismo, se aprobó la lista de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos, así como los servicios y contratos de construcción señalados en los Anexos I y II de la mencionada Resolución; Que, mediante Resolución Suprema Nº 138-2009- MINCETUR se modifi có el detalle de bienes y servicios aprobado mediante Resolución Suprema Nº 008-2009- EF a INVERSIONES NACIONALES DE TURISMO S.A. - INTURSA para efecto de su acogimiento al Decreto Legislativo Nº 973; Que, mediante Resolución Suprema N° 083-2010-EF se modifi có la Resolución Suprema N° 008-2009-EF a fi n de incorporar la modifi cación respecto al monto y plazo para realizar la inversión comprometida; Que, conforme al numeral 5.3 del artículo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, la Resolución Suprema que califi que a las personas naturales o jurídicas para el goce del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas deberá ser refrendada por el Ministro del Sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, y señalar: (i) la(s) persona(s) natural(es) o jurídica(s) contratista(s) del Contrato de Inversión por el que se aprueba la aplicación del Régimen; (ii) el monto de la inversión a ser ejecutado, precisando, de ser el caso, el monto de inversión de cada etapa o tramo; (iii) el plazo de ejecución de la inversión; (iv) los requisitos y características que deberá cumplir el Proyecto; (v) la cobertura del Régimen, incluyendo la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construcción que se autorizan. Que, con fecha 30 de diciembre de 2010, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada y la empresa INVERSIONES NACIONALES DE TURISMO S.A. – INTURSA han suscrito una Adenda de Modifi cación del Contrato de Inversión celebrado con INVERSIONES NACIONALES DE TURISMO S.A. – INTURSA por el cual se incrementa el monto de inversión y el plazo para realizar la inversión comprometida; Que, resulta necesario modifi car la Resolución Suprema Nº 008-2009-EF, modifi cada por las Resoluciones Supremas Nº 138-2009-MINCETUR y Nº 083-2010-EF, a fi n de incorporar la modifi cación respecto al monto y plazo para realizar la inversión comprometida; De conformidad con lo establecido en el numeral 5.3 del artículo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2007- EF;