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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de marzo de 2011 439792 el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. YSAAC GUILLERMO CHANG DÍAZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 619671-4 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcación pesquera a favor de la empresa Pesquera Isa S.R.L. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 104-2011-PRODUCE/DGEPP Lima, 21 de febrero del 2011 Visto: Los escritos con Registro Nº 00067511-2010 , adjuntos 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08 y 09 de fechas 01 y 27 de setiembre, 27 de octubre, 11 de noviembre, 02 y 10 de diciembre del 2010, 12 y 27 de enero, 01 y 08 de febrero del 2011 respectivamente, presentados por la empresa PESQUERA ISA S.R.L. CONSIDERANDO: Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015- 2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Sólo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo, que no procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante, Resolución Directoral Nº 015-2000- CTAR- ANCASH/DRP-CH, de fecha 08 de noviembre de 2000 se otorgó permiso de pesca a plazo determinado al armador RICARDO MERINO VINCES y su cónyuge doña ELEUTERIA BENITES ATOCHE, para operar la embarcación pesquera construida de madera denominada “JESSICA” con matrícula Nº HO-1714-BM, de 42.09 m3 de volumen de bodega y 9.87 de Arqueo Neto, con hielo a granel como medio de preservación a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm) de longitud mínima de abertura de malla, para la extracción de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa, con destino al consumo humano directo e indirecto en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que, mediante Resolución Directoral Nº 595-2010- PRODUCE/DGEPP, de fecha 08 de setiembre del 2010, se ha declarado la caducidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera JESSICA con matrícula HO-1714- BM, otorgado por Resolución Directoral Nº 015-2000- CTAR-ANCASH/DRP -CH de fecha 8 de noviembre del 2000, únicamente en el extremo referido a los recursos jurel y caballa; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE, de fecha 05 de septiembre del 2002, establece, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax); jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directo; Que, a través del escrito de registro Nº 00067511- 2010, la empresa PESQUERA ISA S.R.L., solicita el cambio de titular del permiso de pesca, para operar la embarcación pesquera “JESSICA” de matrícula Nº HO- 1714-BM en virtud al Contrato de Posición Contractual de Arrendamiento Financiero inscrito con la Partida Nº 00710171 en la SUNARP, que celebran de una parte RICARDO MERINO VINCES y ELEUTERIA BENITES ATOCHE y de otra parte PESQUERA ISA S.R.L con intervención del Banco Continental; Que, en la Verifi cación efectuada a la Partida Electrónica Nº 00710171 correspondiente a la embarcación pesquera JESSICA de matrícula Nº HO-1714-BM, se aprecia que el Banco Continental es el arrendador de la citada embarcación, la misma que se encuentra arrendada fi nancieramente a favor de PESQUERA ISA S.R.L., razón por la cual la entidad fi nanciera autoriza el presente cambio de titularidad; Que, atendiendo a lo informado por la Ofi cina de Ejecución Coactiva, mediante el Memorando Nº 00099- 2011-PRODUCE/OEC, de fecha 01 de febrero del 2011, en el cual informa que la embarcación pesquera JESSICA de matrícula Nº HO-1714-BM no registra deuda cuya ejecución se esté tramitando en dicha ofi cina; Que, de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se determina que la administrada, ha cumplido con presentar todos los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demás normas modifi catorias, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante los Informes Nrs. 710 -2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi, y 133-2011-PRODUCE/ DGEPP-DCHI y el informe Nº 179-2011-PRODUCE/ DGEPP con la opinión legal favorable correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y demás normas modifi catorias, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demás normas modifi catorias; En uso de las facultades conferidas en el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa PESQUERA ISA S.R.L., el cambio de titular del permiso de pesca, para operar la embarcación pesquera “JESSICA” de matrícula Nº HO-1714-BM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolución Directoral Nº 015-2000-CTAR-ANCASH/DRP-CH, modifi cado mediante Resolución Directoral Nº 595-2010-PRODUCE/DGEPP; de acuerdo al Artículo 44º de la Ley General de Pesca, el permiso otorgado es a plazo determinado, el que está condicionado a la vigencia del Contrato de Arrendamiento Financiero celebrado con el Banco Continental. Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001- 2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la embarcación pesquera deberá contar a bordo con hielo en cajas, como medio de preservación, cuya implementación es obligatoria. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a favor del armador RICARDO MERINO VINCES y su cónyuge ELEUTERIA BENITES ATOCHE, a través de la Resolución Directoral Nº 015-2000-CTAR-ANCASH/DRP-CH, para operar la embarcación pesquera denominada “JESSICA” de matrícula Nº HO-1714-BM. Artículo 4º.- Incorporar a la empresa PESQUERA ISA S.R.L., como nuevo titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera “JESSICA” de matrícula Nº HO-1714-BM, asimismo, consignar la