Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2011 (29/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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ORDENANZA Nº 353-CDLO

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 29 de marzo de 2011

QUE MODIFICA EL ARTICULO 60º DE LA ORDENANZA Nº 318-2009 QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA Articulo Primero.- MODIFICAR el Articulo 60º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de Los MORDAZA el mismo que en adelante quedara redactado de la siguiente manera: "Art. 60º.- Son funciones de la Sub Gerencia de Seguridad Alimentaria: a) Disenar y elaborar; para aprobacion por la instancia que corresponda; documentos de trabajo que contengan: analisis y evaluacion, herramientas y metodos de gestion, registros e indicadores para propuestas o formulacion de las politicas, normas, planes, convenios y estrategias de intervencion de la Gestion Municipal en el desarrollo de los programas de asistencia social y alimentaria del distrito. b) Gestionar la concertacion con instituciones del sector publico y privado y en coordinacion con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la formulacion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo de los Programas de Asistencia Social y alimentaria del distrito. c) Planificar, organizar, revisar, dirigir, difundir, supervisar, fiscalizar y evaluar los procedimientos, actividades y funcionamiento del Programa Vaso de Leche y comedores populares. d) Ejecutar las acciones de organizacion, ejecucion e implementacion del Programa en las fases de seleccion de beneficiarios, programacion, distribucion, supervision y control. e) Capacitar, Difundir, Sensibilizar y coordinar la preparacion de alimentos saludables para la intervencion distrital articulada de Educacion, Salud y Nutricion distrital con enfasis en los ninos de cero a seis anos. f) Elaborar informes periodicos para la alta direccion, la Contraloria General y Organismos competentes en la modalidad de Rendicion de Cuenta a traves del Formato PVL y Formato Racion A o B. g) Ejercitar las funciones especificas exclusivas y compartidas de las Municipalidades Distritales, indicadas y contenidas en los numerales 2. y 3 del articulo 80º de la Ley 27972 Organica de Municipalidades, no contenidas en este reglamento. h) Identificar, priorizar, focalizar y registrar beneficiarias del PCA. i) Proponer, elaborar y aprobar la canasta de alimentos y realizar la programacion de alimentos. j) Coordinar la adquisicion de alimentos a traves de la incorporacion al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, determinando MORDAZA y modalidad. k) Realizar el MORDAZA de control de calidad, almacenamiento y distribucion de alimentos. l) Aprobar e implementar el Plan de Desarrollo de Capacidades en coordinacion con el Comite de Gestion Local Distrital. m) Supervisar, monitorear y evaluar el PCA. n) Coordinar la asignacion presupuestal y aprobar su distribucion de acuerdo a cada una de las modalidades del PCA." Articulo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto por el presente Acuerdo a la GERENCIA MUNICIPAL, su ejecucion a la GERENCIA DE EDUCACION, SALUD E INVERSION SOCIAL por intermedio de la SUB GERENCIA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA y su difusion a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 620322-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Establecen disposiciones para la celebracion del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario de 2011
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005 San MORDAZA de Lurigancho, 18 de marzo del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto el Informe N° 026-2011-SG-RRCC/MDSJL, de fecha 10/03/2011 de la Sub Gerencia de Registro Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 026-2011-SG-RRCC/ MDSJL de fecha 10/03/2011, la Sub Gerencia de Registro Civil senala que de acuerdo al Plan Operativo 2011 de la indicada Sub Gerencia se tiene programado llevar a cabo el MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario del ano 2011, el dia sabado 14 de MORDAZA, a las 11.00 horas, en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha; Que, el Articulo 252° del Codigo Civil vigente faculta al MORDAZA dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248º del mismo cuerpo legal. Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su articulo 38º senala que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de MORDAZA procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar, en el caso de Municipalidades, por Decreto de Alcaldia; Que, la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala en su Articulo 42° que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal". Que, es objetivo primordial de la actual gestion municipal propiciar las bases solidas de formacion de la familia, contribuir a la consolidacion, fortalecimiento, proteccion y formalizacion como celula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vinculos de paternidad y proteccion a la familia que el MORDAZA juridico exige, y que en MORDAZA de lo consagrado por el Articulo 4° de nuestra Constitucion Politica, es obligacion del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad. Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6) del Articulo 20° de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y el Articulo 248° y 252° del Codigo Civil vigente; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR y EJECUTAR la ceremonia del MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario del presente ano, la misma que se llevara a cabo el dia Sabado 14 de MORDAZA del 2011 a las 11:00 horas en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha, ubicado en la Av. Proceres de la Independencia Cuadra 15 ­ San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- DISPENSAR la publicacion de los avisos de Ley para el Matrimonio Civil Comunitario, realizandose una unica publicacion en el Diario Oficial El Peruano, indicando en forma generica el dia, la hora y el lugar donde se llevara a cabo el Matrimonio Civil Comunitario. Articulo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de

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