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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2011 (05/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de mayo de 2011 441998 Nº 29334 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003- 2007-IN, la Ley Nº 27619 – Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Teniente General ® Elmer Miguel HIDALGO MEDINA, Ministro del Interior, a la ciudad de Paris, Francia a partir del 7 al 11 de mayo de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Única de Uso de Aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 001- Ofi cina General de Administración, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Ministro Teniente General PNP ® Elmer Miguel HIDALGO MEDINA Pasajes Lima – París – Lima S/. 9, 212.99 Viáticos (Art. 5º DS 047-2002-PCM) S/. 2, 215.20 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto S/. 88.04 TOTAL S/. 11, 516.23 Artículo 3º.- Encargar el Despacho del Ministro del Interior al Ministro de Estado en el Despacho de la Producción señor Jorge Elisban Villasante Aranibar, a partir del 7 de mayo de 2011 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la señora Presidenta del Consejo de Ministros y por el señor Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MIGUEL HIDALGO MEDINA Ministro del Interior 636203-6 Delegan diversas facultades al Secretario General y al Director de la Oficina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 139-2011-PCM Lima, 3 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, el artículo 17º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo. El Presidente del Consejo de Ministros es el Titular de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 10 del artículo 19º de la precitada Ley Nº 29158 establece que corresponde al Presidente del Consejo de Ministros delegar en el Secretario General o en otros funcionarios las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función de Ministro de Estado, dentro de la competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente dicha Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, la precitada Ley General ha establecido expresamente en el numeral 40.2 de su artículo 40º, que el Titular de la Entidad puede delegar la facultad de aprobación de las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, propuesta por la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de la Entidad, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2011; Que, de acuerdo con el artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, concordado con el artículo 5º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que la citada norma le otorga. No pueden ser objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establecen en el Reglamento; Que, de acuerdo con la estructura orgánica de la Presidencia del Consejo de Ministros descrita en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, resulta pertinente delegar en el (la) Secretario(a) General de la Presidencia del Consejo de Ministros y en el Director de la Ofi cina General de Administración las facultades y atribuciones en materia presupuestal y las acciones administrativas de gestión y resolución que no sean privativas a la función de Presidente(a) del Consejo de Ministros; Que, asimismo, por efecto de la presente resolución, corresponde derogar la Resolución Ministerial Nº 98- 2011-PCM, la Resolución Ministerial Nº 99-2011-PCM y la Resolución Ministerial Nº 103-2011-PCM, que dispusieron la delegación de facultades en la Presidencia del Consejo de Ministros; Con el visado de la Secretaria General y de los Directores de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Asesoría Jurídica y Administración; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM - Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegación de facultades en el Secretario General. Delegar en el (la) Secretario(a) General de la Presidencia del Consejo de Ministros las siguientes facultades: 1.1. En materia normativa y convencional: a) Aprobar directivas y/o manuales, así como todo documento normativo que regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnico - normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno a cargo de los órganos de apoyo de la Presidencia del Consejo de Ministros. b) Suscribir convenios y adendas en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, con excepción de aquellos que por norma expresa deban ser suscritos por el (la) Presidente(a) del Consejo de Ministros. 1.2. En materia administrativa: a) Resolver en última instancia administrativa los recursos administrativos interpuestos ante órganos dependientes del (de la) Presidente(a) del Consejo de Ministros. b) Aprobar los actos de administración y disposición de bienes inmuebles y los actos de adquisición de bienes