Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2011 (14/05/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

442458

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2011

Que, mediante Resolucion Ministerial No. 188-2008PCM se aprobo la Directiva No. 003-2008-PCM/SGP, que establece los "Lineamientos para la elaboracion de la Matriz de Competencias y Funciones y de los anteproyectos de Ley de Organizacion y Funciones de los Ministerios que tienen a su cargo competencias exclusivas y compartidas"; Que, la Ley No. 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece las competencias y funciones exclusivas y compartidas del referido Ministerio, en el MORDAZA de la descentralizacion; Que, es necesario precisar las competencias, funciones y atribuciones compartidas de los sectores Transportes y Comunicaciones, en los niveles de gobierno Nacional, Regional y Local, con la finalidad de tener una vision integradora y poder delimitarlas e identificar las responsabilidades de cada nivel de gobierno, evitando asi la duplicidad y superposicion de funciones, siendo que el Poder Ejecutivo no debe asumir funciones y atribuciones que son asumidas por los otros niveles de gobierno, conforme al MORDAZA de Subsidiaridad; Que, en ese sentido, mediante Decreto Supremo No. 049-2009-PCM se dictan disposiciones para la aprobacion de las Matrices de Delimitacion de Competencias y Distribucion de Funciones de los Ministerios que tienen a su cargo competencias exclusivas y compartidas, estableciendo en su articulo 1, que mediante Decreto Supremo, los Ministerios que tienen a su cargo competencias exclusivas y compartidas deberan aprobar sus respectivas matrices de delimitacion de competencias y distribucion de funciones, tomando en cuenta los avances realizados en la formulacion de dichas matrices, sobre la base de los lineamientos establecidos en la Directiva No. 003-2008-PCM/SGP aprobada por Resolucion Ministerial No. 188-2008-PCM; Que, los articulos 2 y 3 del referido Decreto Supremo, prescriben, entre otros, que son requisitos para la aprobacion de las Matrices de Delimitacion de Competencias y Distribucion de Funciones, el Informe favorable emitido por la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, previa opinion de la Secretaria de Descentralizacion en el ambito de sus competencias, y que en el MORDAZA del MORDAZA de implementacion de la Ley Organica del Poder Ejecutivo, los Ministerios con competencias compartidas, que tengan Leyes de Organizacion y Funciones promulgadas MORDAZA de la vigencia del citado Decreto Supremo, estableceran, en un plazo no mayor de treinta dias naturales, con la Secretaria de Gestion Publica, el respectivo Programa de Trabajo para la consulta y aprobacion de sus Matrices de Delimitacion de Competencias y Distribucion de Funciones, el cual sera aprobado por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, de acuerdo a lo dispuesto, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones presento una propuesta de matriz, la cual fue analizada y consultada en una primera etapa, en diecisiete (17) Talleres Regionales con representantes de los Gobiernos Regionales y, en una Mesa de Trabajo Intergubernamental organizada por la Presidencia del Consejo de Ministros, con la participacion de los funcionarios y tecnicos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, representantes de los Gobiernos Regionales y Locales, asi como de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR), de la Asociacion de Municipalidades del Peru (AMPE) y de la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Peru (REMURPE); Que, con el informe favorable de la Secretaria de Gestion Publica y opinion previa de la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme establece el Decreto Supremo No. 049-2009-PCM, es imperativo aprobar la Matriz de Delimitacion de Competencias y Distribucion de Funciones de los Sectores Transportes y Comunicaciones, en los niveles de gobierno Nacional, Regional y Local; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley No. 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; Ley No. 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en las Leyes Nos. 27783, 27867 y 27972; Ley No. 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes

y Comunicaciones; Decreto Supremo No. 063-2007-PCM y modificatorias; Decreto Supremo No. 049-2009-PCM, dicta disposiciones para la aprobacion de las Matrices de Delimitacion de Competencias y Distribucion de Funciones de los Ministerios que tienen a su cargo competencias exclusivas y compartidas; y la Resolucion Ministerial No. 188-2008PCM que aprobo la Directiva No. 003-2008-PCM/SGP, que establece los Lineamientos para la elaboracion de la Matriz de Competencias y Funciones y de los anteproyectos de Ley de Organizacion y Funciones de los Ministerios que tienen a su cargo competencias exclusivas y compartidas; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion de la Matriz de Delimitacion de Competencias y Distribucion de Funciones de los sectores Transportes y Comunicaciones, en los niveles de gobierno Nacional, Regional y Local. Apruebese la Matriz de Delimitacion de Competencias y Distribucion de Funciones de los sectores Transportes y Comunicaciones, en los niveles de gobierno Nacional, Regional y Local, que consta de seis (06) competencias y dieciocho (18) procesos esenciales, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Asimismo, forma parte integrante del anexo MORDAZA mencionado, el Glosario de Terminos de los sectores Transportes y Comunicaciones. Articulo 2.- Publicacion de la Matriz aprobada El presente Decreto Supremo debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo del presente Decreto Supremo, que contiene la Matriz de Delimitacion de Competencias y Distribucion de Funciones de los sectores Transportes y Comunicaciones, en los niveles de gobierno Nacional, Regional y Local y el Glosario de Terminos de los sectores Transportes y Comunicaciones, debera ser publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe) asi como en el MORDAZA de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), en el MORDAZA de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, ANGR (www.angr.org.pe), en el MORDAZA de la Asociacion de Municipalidades del Peru, AMPE (www.ampeperu.gob. pe) y de la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Peru, REMURPE (www.remurpe.org.pe) el mismo dia de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3.- Implementacion de la Matriz El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de ser necesario, propondra, formulara y emitira las normas pertinentes, para la mejor implementacion de las funciones establecidas en la Matriz objeto de la presente aprobacion, con la finalidad de tener una vision integral y articulada con las funciones asignadas a los Gobiernos Regionales y Locales. Articulo 4.- Efectos presupuestales La aprobacion de la Matriz y el Glosario de Terminos no irrogara gastos al Tesoro Publico. Articulo 5.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 640466-7

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.