Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2011 (14/05/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

442453

Extradicion Activa de la procesada MORDAZA MORDAZA LOSSI o MORDAZA LOSSI MORDAZA, formulado por el Tercer Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra la Administracion de Justicia ­ Encubrimiento Real en Agravio del Estado Peruano; y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Gobierno de la Republica MORDAZA, de conformidad con el Tratado de Extradicion vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con FACSIMIL (LEG/OCJ) Nº 72 del 25 de MORDAZA de 2011, el Consejero Jefe de la Oficina de Cooperacion Judicial del Ministerio de Relaciones Exteriores de Peru, hizo de conocimiento que nuestra Embajada en la Republica MORDAZA ha recibido la Nota Nº 6044 del 18 de MORDAZA de 2011, procedente de la Cancilleria del mencionado MORDAZA, con la cual se comunico que el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Tres de Febrero, Secretaria Nº 3, resolvio conceder la extradicion de la procesada MORDAZA MORDAZA LOSSI o MORDAZA LOSSI MORDAZA, motivo por el cual la extraditable se encuentra viable a ser trasladada dentro del plazo establecido en el Tratado de Extradicion vigente; Que, mediante Mensaje IP Buenos Aires 14408 25042011 MUY URGENTE del 25 de MORDAZA de 2011, la Oficina Central Nacional INTERPOL ­ Buenos Aires ­ MORDAZA, hizo de conocimiento a la Oficina Central Nacional ­ INTERPOL ­ MORDAZA ­ Peru, que las autoridades Argentinas han autorizado la extradicion de la procesada MORDAZA MORDAZA LOSSI o MORDAZA LOSSI SANCHEZ; en ese sentido solicitaron designar a los funcionarios policiales que se encargaran de recibir, custodiar y trasladar a la citada reclamada desde la Republica de MORDAZA hacia nuestro pais; Que, con Memorandum Multiple Nº 123-2011DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 4 de MORDAZA de 2011, el General de Policia, Director General de la Policia Nacional del Peru, dispuso la formulacion del proyecto de Resolucion Suprema de viaje al extranjero en comision del servicio del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUANGAL y de la Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA JAMJACHI MORDAZA, a la MORDAZA de Buenos Aires - MORDAZA, del 14 al 18 de MORDAZA de 2011, a fin de que ejecuten la Extradicion Activa de la procesada MORDAZA MORDAZA LOSSI o MORDAZA LOSSI MORDAZA, solicitado por la autoridad judicial MORDAZA mencionada, por la presunta comision del delito Contra la Administracion de Justicia ­ Encubrimiento Real en Agravio del Estado Peruano; Que, los gastos por concepto de viaticos para el personal policial seran sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, seran asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante Oficio N° 775-2011-DIRECFIN-PNP/ DIVPRE del 5 de MORDAZA de 2011, la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, remitio a la Direccion de Recursos Humanos de la Policia Nacional del Peru, el Informe Nº 031-2011-DIRECFIN-PNPDIVDyB-DEPADM-SV. del 4 de MORDAZA de 2011, sobre Proyecto de Liquidacion por Comision del Servicio en el Extranjero del 14 al 18 de MORDAZA de 2011; asimismo la Unidad de Presupuesto del Estado Mayor de la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, hizo conocer que se ha formulado la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 250-2011-DIRECFIN-PNP/ DIVPRE del 5 de MORDAZA de 2011, estableciendo que efectuado los calculos, se atendera lo solicitado con la Especifica del Gasto 2.3.21.12 Viaticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 2,000.00 (Dos Mil con 00/100 Dolares Americanos), por comision del servicio a la MORDAZA de Buenos Aires - MORDAZA, del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUANGAL y de la Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA JAMJACHI MORDAZA, a fin de dar cumplimiento

a lo dispuesto por la autoridad judicial MORDAZA mencionada; Que, el articulo 2° del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que la Resolucion de Autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la Institucion, y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 10.1 del articulo 10º de la Ley N° 29626 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; asi como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autonomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modificatoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoria economica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; Que, el articulo 4º de la Ley Organica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideracion los dispositivos legales MORDAZA mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 ­ Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29626 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; la Ley Nº 27238 - Ley de la Policia Nacional del Peru y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2000-IN; la Ley Nº 29334 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0042005-IN, modificado por el Decreto Supremo Nº 0032007-IN. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje al extranjero en comision del servicio del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUANGAL y de la Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA JAMJACHI MORDAZA, a la MORDAZA de Buenos Aires MORDAZA, del 14 al 18 de MORDAZA de 2011, para ejecutar la Extradicion Activa de la procesada MORDAZA MORDAZA LOSSI o MORDAZA LOSSI MORDAZA, formulado por el Tercer Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra la Administracion de Justicia ­ Encubrimiento Real en Agravio del Estado Peruano. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de viaticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.