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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2011 (14/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de mayo de 2011 442453 Extradición Activa de la procesada María Teresa LOSSI o María LOSSI SÁNCHEZ, formulado por el Tercer Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito contra la Administración de Justicia – Encubrimiento Real en Agravio del Estado Peruano; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República Argentina, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con FACSÍMIL (LEG/OCJ) Nº 72 del 25 de abril de 2011, el Consejero Jefe de la Ofi cina de Cooperación Judicial del Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, hizo de conocimiento que nuestra Embajada en la República Argentina ha recibido la Nota Nº 6044 del 18 de abril de 2011, procedente de la Cancillería del mencionado país, con la cual se comunicó que el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Tres de Febrero, Secretaria Nº 3, resolvió conceder la extradición de la procesada María Teresa LOSSI o María LOSSI SÁNCHEZ, motivo por el cual la extraditable se encuentra viable a ser trasladada dentro del plazo establecido en el Tratado de Extradición vigente; Que, mediante Mensaje IP Buenos Aires 14408 25042011 MUY URGENTE del 25 de abril de 2011, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL – Buenos Aires – Argentina, hizo de conocimiento a la Ofi cina Central Nacional – INTERPOL – Lima – Perú, que las autoridades Argentinas han autorizado la extradición de la procesada María Teresa LOSSI o María LOSSI SÁNCHEZ; en ese sentido solicitaron designar a los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar a la citada reclamada desde la República de Argentina hacia nuestro país; Que, con Memorándum Múltiple Nº 123-2011- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 4 de mayo de 2011, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al extranjero en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Luis Enrique FLORES HUANGAL y de la Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Nelly Matilde JAMJACHI SERRANO, a la ciudad de Buenos Aires - Argentina, del 14 al 18 de mayo de 2011, a fi n de que ejecuten la Extradición Activa de la procesada María Teresa LOSSI o María LOSSI SÁNCHEZ, solicitado por la autoridad judicial antes mencionada, por la presunta comisión del delito Contra la Administración de Justicia – Encubrimiento Real en Agravio del Estado Peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante Ofi cio N° 775-2011-DIRECFIN-PNP/ DIVPRE del 5 de mayo de 2011, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remitió a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 031-2011-DIRECFIN-PNP- DIVDyB-DEPADM-SV. del 4 de mayo de 2011, sobre Proyecto de Liquidación por Comisión del Servicio en el Extranjero del 14 al 18 de mayo de 2011; asimismo la Unidad de Presupuesto del Estado Mayor de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, hizo conocer que se ha formulado la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 250-2011-DIRECFIN-PNP/ DIVPRE del 5 de mayo de 2011, estableciendo que efectuado los cálculos, se atenderá lo solicitado con la Específi ca del Gasto 2.3.21.12 Viáticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 2,000.00 (Dos Mil con 00/100 Dólares Americanos), por comisión del servicio a la ciudad de Buenos Aires - Argentina, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Luis Enrique FLORES HUANGAL y de la Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Nelly Matilde JAMJACHI SERRANO, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 10.1 del artículo 10º de la Ley N° 29626 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modifi catoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; Que, el artículo 4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder califi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideración los dispositivos legales antes mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29626 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; la Ley Nº 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2000-IN; la Ley Nº 29334 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004- 2005-IN, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003- 2007-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje al extranjero en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Luis Enrique FLORES HUANGAL y de la Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Nelly Matilde JAMJACHI SERRANO, a la ciudad de Buenos Aires - Argentina, del 14 al 18 de mayo de 2011, para ejecutar la Extradición Activa de la procesada María Teresa LOSSI o María LOSSI SÁNCHEZ, formulado por el Tercer Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito contra la Administración de Justicia – Encubrimiento Real en Agravio del Estado Peruano. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora