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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2011 (14/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de mayo de 2011 442501 con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinación Regional, así como aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en e) marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal; Por lo que estando a lo facultado por el Artículo 192º, inciso 6., de la Constitución Política del Perú, el Artículo 35º, inciso m), de la Ley de Bases de Descentralización y los Artículos 9º, inciso f), y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APRUÉBASE el Plan de Desarrollo Regional Concertado Lambayeque 2011 - 2021 del Gobierno Regional de Lambayeque, conforme al texto íntegro del mismo que en doscientos ochenta (280) folios corre adjunto a la presente norma regional, formando parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPÓNESE la publicación de esta Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el diario encargado de los avisos judiciales de la región; debiendo difundirse a través de todos los portales electrónicos de las dependencias que conforman el Gobierno Regional Lambayeque. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUMBERTO ACUÑA PERALTA Presidente Regional 639638-1 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Aprueban la reestructuración de la Estructura Organizativa del Gobierno Regional de Puno ORDENANZA REGIONAL Nº 06-2011-GRP-CRP EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE PUNO VISTO: En el Consejo Regional del Gobierno Regional Puno, en sesión extraordinaria llevada a cabo el día 31 de marzo del 2011, se ha debatido y aprobado la Ordenanza Regional siguiente; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; con este propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad al artículo 13º de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, de igual forma el artículo 15º literal a) de la norma señalada, es atribución del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia se su competencia y funciones del Gobierno Regional, y el artículo 37º literal a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales. Que, la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15º literal a) establece que son atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, ha declarado al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública obteniendo mayores niveles de efi ciencia y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, resulta necesario contribuir con la implementación del Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de julio de 2002, donde se han establecido 31 políticas de Estado, agrupando en cuatro grandes objetivos como son: a) Fortalecimiento de la Democracia y Estado de Derecho; b) Desarrollo con Equidad y Justicia Social; c) Promoción de la Competitividad del País; y d) Afi rmación de un Estado Efi ciente, Transparente y Descentralizado. Que, la actual estructura administrativa del Gobierno Regional se sustenta en una estructura administrativa que proviene de los Consejos Transitorios de Administración Regional (CTAR), que pese a los intentos de reajustes y modifi caciones que se han realizado en los últimos años, han devenido en obsoletas para atender las demandas de un desarrollo armónico, sostenible e intercultural, y fundamentalmente las demandas actuales de los ciudadanos, generando protestas y desencuentros entre las autoridades y los pobladores, que trae serios perjuicios al desarrollo regional. Que, dentro de ese contexto normativo, en el marco de modernización de la Administración Pública y las prioridades de desarrollo del Gobierno Regional de Puno, es necesario desarrollar un proceso de reestructuración organizativa del Gobierno Regional, que permita el logro de los fi nes de la nueva gestión que está orientado hacia el logro del bienestar de la población de las trece provincias. Que, resulta primordial ordenar la marcha operativa del Gobierno Regional de Puno con la fi nalidad de alcanzar los objetivos estratégicos establecidos en el Plan Regional de Desarrollo Concertado, requiriéndose para ello implementar mediadas urgentes para diseñar una estructura organizativa que permita la optimización de los recursos fi nancieros y con ello poner al servicio del ciudadano el Gobierno Regional y atendiendo a las observaciones y defi ciencias administrativas, fi nancieras, logísticas y de gestión, encontradas en el Proceso de Transferencia de Gestión 2007-2010, por tal razón, es necesario declarar en emergencia la organización y estructura administrativa del Gobierno Regional, para lo cual se deben tomar las acciones que correspondan de acuerdo a Ley. Que, es competencia de los Gobiernos Regionales orientar, promover y conducir la transformación de la organización y funcionamiento de su actividad administrativa en concordancia con los requerimientos de la sociedad y el Estado, por tanto, le corresponde conducir los procesos de cambios administrativos. Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley Nº 27902. ORDENANZA DE REESTRUCTURACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL GOBIERNO REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR la reestructuración de la Estructura Organizativa del Gobierno Regional de Puno. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al órgano ejecutivo del Gobierno Regional la designación de una comisión de Alto Nivel para la elaboración del proyecto de reestructuración con la participación de todos los sectores involucrados. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Presidencia Regional, las medidas administrativas pertinentes para garantizar el proceso de Reestructuración Organizativa del Gobierno Regional, con cargo a rendir cuentas al Consejo Regional.