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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2011 (24/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de mayo de 2011 443139 aprobación por parte del Concejo Municipal, conforme a sus atribuciones señaladas en el Artículo 9º numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; Que, el numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que “Quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad: a) Los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú”; Que, la Ley Nº 27619 regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos en su Artículo 2º establece que “la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución”, en este caso el viaje del Señor Alcalde y Gerente Municipal a la ciudad de Rosà - Vincenza - Italia se sustenta en la capacitación en temas afines a la gestión, considerando que el intercambio de experiencias coadyuvará a la gestión municipal, así como a la definición de proyectos a favor de esta Corporación, además los gastos para la participación del señor Alcalde y del Gerente Municipal, no irrogarán gastos a la Municipalidad, los cuales serán cubiertos al 100% por la entidad organizadora del evento; Que, con Memorándum Nº 510-2011-GM-MSS del 19.05.2011, la Gerencia Municipal señala encontrar conforme la presente autorización de viaje; Que, el Artículo 24º de la Ley Nº 27972 establece que “En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; en caso de vacancia del regidor, lo reemplaza; i) Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; ii) A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral”; por lo que se hace necesario encargar el Despacho de Alcaldía en el Teniente Alcalde; Estando al Informe Nº 514-2011-GAJ-MSS, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y de conformidad con el Artículo 9º numeral 11) de la Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del Alcalde de la Municipalidad de Santiago de Surco, señor ROBERTO HIPÓLITO GÓMEZ BACA y al Gerente Municipal señor WILLIAM MARÍN VICENTE, a la ciudad de Rosà - Vincenza – Italia, desde el 27.05 al 05.06.2011, con la fi nalidad de participar en una Pasantía Técnica, para conocer el funcionamiento de las plantas de reciclaje implementadas en la citada ciudad, evento organizado por la empresa OMER ECOLOGY SRL., viaje que no irrogará gastos a la Municipalidad de Santiago de Surco. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Teniente Alcalde señor JOSÉ LUÍS PÉREZ ALEMAN, el Despacho de la Alcaldía, desde el 27.05 al 05.06.2011. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ROBERTO GÓMEZ BACA Alcalde 643601-2 Modifican Reglamento del Sorteo para Vecinos Surcanos Preferentes DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2011-MSS Santiago de Surco, 19 de mayo de 2011 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 09-2009-MSS, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 03.07.2009, se aprobó el Reglamento del Sorteo para Vecinos Surcanos Preferentes, a través del cual se norma y regula el sorteo de premios constituidos por bienes y vales de servicios proporcionados por empresas afi liadas al sistema municipal de reconocimiento de contribuyentes que cumplen puntualmente sus obligaciones tributarias; Que, con el objeto de hacer más efectiva la aplicación de la precitada norma y de dar a conocer los benefi cios que ésta ofrece a la comunidad surcana, la Subgerencia de Servicios Especiales de la Gerencia de Imagen Institucional propone la modifi cación de la misma en cuanto a la frecuencia con que deben efectuarse los sorteos, la custodia de los premios y la publicación de los resultados; Estando a lo opinado por la Subgerencia de Servicios Especiales mediante Informe Nº 041-2011-SGSE-GII- MSS y la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 428-2011-GAJ-MSS y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 20º, inciso 6) y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR los artículos 5º, 10º y 31º del Reglamento del Sorteo para Vecinos Surcanos Preferentes aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 09-2009- MSS, los mismos que quedan redactados de la siguiente manera: “Artículo 5º.- El sorteo para el vecino surcano preferente se realizará en acto público y con presencia de Notario colegiado. (...) Artículo 10º.- La Subgerencia de Servicios Especiales, recibirá los premios hasta cinco (05) días hábiles previos a la fecha fi jada para el sorteo. Los premios quedarán en custodia temporal en el almacén central de la Municipalidad hasta la fecha del sorteo. (...) Artículo 30º.- La Subgerencia de Servicios Especiales gestionará la publicación de los resultados del sorteo incluyendo la lista de contribuyentes VSP ganadores, en el Portal Institucional (www.munisurco.gob.pe)”. Artículo Segundo.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GÓMEZ BACA Alcalde 643602-1