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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2011 (24/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de mayo de 2011 443131 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Modifican el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2012 ORDENANZA Nº 247 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DEL RÍMAC Visto en sesión ordinaria de Concejo de fecha 16 de mayo de 2011, la Ordenanza Nº 243 de fecha 26.04.2011 que Dispone y Reglamenta el Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2012; el Memorándum Nº 466-2011-MDR-GM de fecha 12.05.2011 del Gerente Municipal, el Informe Nº 045-2011-GPP-MDR de fecha 12.05.2011 del Gerente de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 343-2011-GAJ-MDR de fecha 12.05.2011 del Gerente de Asesoría Jurídica; con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa de la aprobación del Acta a dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2012. Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 11º, 16º y 35º de la Ordenanza Nº 243, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 11º.- El equipo Técnico Municipal está integrado por: (...) j) Gerente de Participación Vecinal”. “Artículo 16º.- El proceso del Presupuesto Participativo se desarrollará según el cronograma de ejecución de actividades de las fases del Proceso de Presupuesto Participativo, que se adjunta como Anexo a la presente Ordenanza”. “Artículo 35º.- Facúltese al señor Alcalde que mediante Decreto de Alcaldía se puedan hacer las modifi catorias y precisiones que demanden este proceso”. Artículo 2º.- Déjese sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil once. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde CRONOGRAMA ETAPAS DEL PROCESO FECHAS PREPARACION Proceso Técnico Participativo de Actualización del Plan de Desarrollo e identifi cación de Proyectos 25 al 31 de mayo Elaboración de Cartera de Proyectos 25 de mayo al 3 de junio Formulación de indicadores para evaluación /Priorización de Proyectos de Inversión 30 de mayo al 03 de junio ETAPAS DEL PROCESO FECHAS CONVOCATORIA Difusión del Proceso Participativo 25 de mayo al 15 de junio Registro de Agentes Participantes 06 al 09 de junio Defi nición de Agentes Participantes 10 al 13 de junio CAPACITACION Talleres de Gestión del Desarrollo: 11 y 12 de junio RENDICIÓN DE CUENTAS Talleres de Rendición de Cuentas 14 de junio TALLERES DE TRABAJO Taller de Validación de la Visión de Desarrollo 15 de junio Taller de Priorización de Problemas 16 de junio Taller de Identifi cación de Proyectos 17 de junio Taller de Priorización de Proyectos, Acuerdos y Compromisos 18 de junio. 643510-1 Aprueban régimen de fraccionamiento por deudas tributarias y no tributarias ORDENANZA Nº 248 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DEL RÍMAC Visto en sesión ordinaria de Concejo de fecha 16 de mayo de 2011, el Dictamen Nº 003-2011-CARyC/MDR de la Comisión de Administración, Rentas y Comercialización, el Memorándum Nº 386-MDR-GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 021-2011-GR-MDR del Gerente de Rentas, el Informe Nº 129-2011-SGATR/MDR del Subgerente de Administración Tributaria y Recaudación, el Informe Nº 313-2011-GAF-MDR del Gerente de Asesoría Jurídica, con el voto de la mayoría de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación del acta; el Concejo aprobó la siguiente: ORDENANZA DE REGIMEN DE FRACCIONAMIENTO POR DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS Artículo 1º.- OBJETIVO Aprobar el régimen de fraccionamiento por deudas tributaria y no tributaria, en favor de los vecinos del distrito del Rímac. Artículo 2º.- ALCANCES Podrán acogerse al régimen de fraccionamiento, todos los contribuyentes o terceros autorizados que tengan obligaciones formales y/o sustanciales pendientes de pago con la Municipalidad del Rímac, en cualquier estado de cobranza y siempre que estén comprendidas en el régimen. Artículo 3º.- DEUDAS NO COMPRENDIDAS No están comprendidas en el régimen de fraccionamiento, las deudas tributarias por concepto de tributos retenidos o percibidos, y aquellas respecto de las cuales exista sentencia judicial fi rme, consentida o ejecutoriada, emitida en un proceso contencioso administrativo, proceso de amparo o proceso penal por delito de defraudación tributaria. Artículo 4º.- DEUDAS COMPRENDIDAS Están comprendidas en el régimen de fraccionamiento, las deudas tributarias por concepto de: 1.- Multa Administrativa: El 100% de las multas administrativas pendientes de pago emitidas por la Subgerencia de Fiscalización