Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2011 (07/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES
Pasajes aereos : US$ 2 492,30 Viaticos : US$ 770,00

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del Estado, dentro de su competencia, asi como las entidades privadas involucradas en cuanto les corresponda; continuaran ejecutando las acciones inmediatas necesarias destinadas a la reduccion de los riesgos existentes en la MORDAZA afectada, asi como en caso sea necesario, continuaran con la ejecucion de las acciones iniciadas al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 002-2011-PCM y sus ampliatorias. Dichas acciones comprenden entre otras, el desembalse regulado, la operacion y mantenimiento de la MORDAZA Palcacocha y las acciones de supervision, asimismo el ajuste del cronograma de la ejecucion de las obras con la finalidad de prevenir el inicio de las lluvias que se avecinan; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura y el Ministro del Ambiente. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de noviembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Agricultura MORDAZA E. GIESECKE MORDAZA LAFOSSE Ministro del Ambiente 712741-1

Articulo 3º.- Encargar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la Cartera de Comercio Exterior y Turismo a partir del 8 de noviembre de 2011 y en tanto dure la ausencia del titular. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 712741-2

AGRICULTURA
Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de MORDAZA frescas cortadas de protea de origen y procedencia Estados Unidos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 42-2011-AG-SENASA-DSV La MORDAZA, 4 de noviembre de 2011 VISTO: El Informe ARP Nº 26-2010-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 25 de MORDAZA de 2010, el cual busca establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion de MORDAZA frescas cortadas de protea (Protea spp.) de origen y procedencia Estados Unidos; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la Organizacion Mundial de Comercio; Que, el articulo 38° del Decreto Supremo N° 032-2003AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importacion al MORDAZA de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Resolucion del Organo de Linea Competente; Que, el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 092010-AG-SENASA-DSV, establece cinco categorias de riesgo fitosanitario, donde estan agrupadas las plantas, productos de origen vegetal y otros articulos reglamentados cuyo riesgo fitosanitario aumenta en forma ascendente; Que, ante el interes de la empresa Florisert S.A.C. en importar al MORDAZA MORDAZA frescas cortadas de protea (Protea spp.) procedente de Estados Unidos;

Autorizan viaje de Ministro de Comercio Exterior y Turismo a EE.UU. en comision de servicios, y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION SUPREMA Nº 323-2011-PCM MORDAZA, 6 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT, viajara a la MORDAZA de Hawaii, Estados Unidos de MORDAZA, del 8 al 16 de noviembre de 2011, para participar, en el MORDAZA del Foro de Cooperacion Economica del MORDAZA MORDAZA (APEC) , en la Reunion Anual Ministerial (AMM), la Reunion de Lideres (AELM), Reuniones Bilaterales Ministeriales y Presidenciales y en la Reunion Ministerial del Acuerdo de Asociacion Transpacifico (TPP); Que, por lo expuesto, es necesario otorgar al Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo la autorizacion de viaje correspondiente y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure su ausencia; Que, el APEC financiara los gastos por concepto de alojamiento por lo que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo asumira los gastos correspondientes a pasajes aereos y proporcionalmente los viaticos; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la MORDAZA de Hawaii, Estados Unidos de MORDAZA, del 8 al 16 de noviembre de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

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