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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 7 de noviembre de 2011 452866 la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, inició el respectivo estudio con la fi nalidad de establecer los requisitos fi tosanitarios para la importación del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdirección de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fi tosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protección al país, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008- AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolución Directoral Nº 09-2010-AG-SENASA-DSV y con el visto bueno de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Establecer los requisitos fi tosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de fl ores frescas cortadas de protea (Protea spp.) de origen y procedencia Estados Unidos de la siguiente manera: 1. Que el envío cuente con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certifi cación y embarque en el país de origen o procedencia. 2. El envío deberá venir acompañado de un Certifi cado Fitosanitario ofi cial del país de origen, en el cual se consigne: 2.1 Declaración adicional: 2.1.1 Producto libre: Oligonychus coffeae, Epiphyas postvittana, Parlatoria pittospori, Pseudaulacaspis cockerelli y Thrips palmi. 3. Los productos estarán contenido en envases nuevos y de primer uso. 4. Inspección fi tosanitaria en el punto de ingreso al país. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHNY NACCHA OYOLA Director General (e) de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 712511-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 111-2011-PROMPERÚ/PCD Lima, 4 de noviembre de 2011 Visto el Memorándum N° 255-2011-PROMPERU/SG de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, de conformidad con el artículo 59° B literal b) del Decreto Supremo N° 014-2010-MINCETUR norma que modifi ca el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR “Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ”, establece que la Dirección de Promoción de Imagen País tiene como función diseñar y proponer la política y estrategias de la Imagen País y Marca País a nivel nacional e internacional, dentro del ámbito de su competencia; Que, en cumplimiento de sus funciones de promover y posicionar la Marca Perú, PROMPERÚ ha programado su participación en “XIV Festival Internacional El Ojo de Iberoamérica 2011” a realizarse del 7 al 9 de noviembre de 2011, en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina; Que, el festival mencionado en el párrafo anterior, es un evento centrado en la creatividad, innovación y búsqueda de nuevas y diferentes miradas sobre la publicidad, comunicación, marketing y entretenimiento y busca reconocer y premiar con El Ojo de Iberoamérica a los mejores de la industria, a aquellos que día a día se esfuerzan para que nuestra región esté mejor y sus trabajos, representando el máximo referente de la creatividad; Que, en el marco de la difusión y promoción de la imagen y la marca país PROMPERÚ ha desarrollado una pieza audiovisual en formato de documental denominada “De Perú for Peru”, como pieza central de dicha campaña, la cual ha sido difundida a través de la televisión y cine a nivel nacional e internet, documental que ha resultado ganador de premios en las diferentes categorías del festival, encontrándose PROMPERÚ nominado en la categoría Mejor Anunciante Perú y participará en la premiación del Grand Prix; Que, la participación de PROMPERÚ en el referido festival, resulta necesaria no sólo por el hecho de la premiación, sino que permitirá aprovechar la cobertura mediática que este evento ofrece, a fi n de crear expectativa, incrementar nuestra presencia, y promoción de la marca país e imagen del país, la misma que servirá para monitorear el impacto de la campaña nacional en el ámbito internacional, obteniendo información de los mejores profesionales expertos en marketing que permita coadyuvar a identifi car la estrategia a aplicar en el extranjero, resultando así una actividad de importancia para la promoción del país; Que, en tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ, a propuesta de la Directora de Promoción de Imagen País, ha solicitado que se autorice el viaje de la señorita Isabella Falco Scheuch, quien presta servicios en dicha entidad, a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, para que en representación de PROMPERÚ, desarrolle actividades vinculadas a la promoción de la Marca País en el evento antes mencionado; Que, la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 009- 2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señorita Isabella Falco Scheuch, a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 7 al 10 de noviembre de 2011, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción de la Marca País, en el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 200,00 x 3 días) : US $ 600,00 - Pasajes Aéreos : US $ 1 070,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1° de la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.