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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (07/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 7 de noviembre de 2011 452869 Artículo 4º.- Los mencionados Ofi ciales deberán cumplir con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de Junio del 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5º.- El Ofi cial Almirante comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los (15) días calendario a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 712740-6 Autorizan viajes de personal Militar y Civil a Colombia, EE.UU. y Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 519-2011-DE/MGP Lima, 6 de noviembre de 2011 Visto el Ofi cio P.200-1852 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 30 de setiembre de 2011; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú desde el año 2008, viene participando en Reuniones de la Comisión Binacional Fronteriza Perú - Colombia (COMBIFRON), con el propósito de evaluar el estado de avance de las líneas de acción del Plan para la Seguridad Fronteriza, suscrito por los Ministros de Defensa de Perú y Colombia; así como, continuar con la defi nición de los procedimientos operativos para combatir las actividades ilícitas en los ríos Fronterizos y otras acciones similares, concordantes con la política internacional de nuestro país, que considera a la República de Colombia como un aliado estratégico; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación y autorización de viaje al exterior en Comisión de Servicio de dos (2) Ofi ciales Superiores, para que participen en la mencionada Reunión; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 168, Anexo 1 (RO), mediante Resolución Suprema Nº 385-2011-DE, de fecha 15 de setiembre de 2011, que modifi ca el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema Nº 015- 2011-DE/SG, del 13 de enero de 2011 y sus modifi catorias; Que, es necesario precisar que los gastos de traslado de los Ofi ciales comisionados de la ciudad de Bogotá a la ciudad de Santa Marta y viceversa, será asumido por la Delegación de Colombia, sin irrogar gasto alguno al Tesoro Público; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Guillermo Arturo CONDE Ruiz y del Capitán de Fragata Renán Antonio HERMOZA Bellatín, para que participen en la “VII Reunión Ordinaria de la Comisión Binacional Fronteriza Perú - Colombia” (COMBIFRON), a realizarse en la ciudad de Santa Marta, República de Colombia, del 8 al 11 de noviembre de 2011; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Guillermo Arturo CONDE Ruiz, CIP. 00810101, DNI. 00103994 y del Capitán de Fragata Renán Antonio HERMOZA Bellatín, CIP. 00952023, DNI. 43564672, para que participen en la “VII Reunión Ordinaria de la Comisión Binacional Fronteriza Perú - Colombia” (COMBIFRON), a realizarse en la ciudad de Santa Marta, República de Colombia, del 8 al 11 de noviembre de 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Fluviales: Iquitos - Leticia - Iquitos US$. 160.00 x 1 persona Pasajes Aéreos: Leticia - Bogotá - Leticia US$. 405.48 x 1 persona Pasajes Aéreos: Lima - Bogotá - Lima US$. 2,096.52 x 1 persona (Incluye TUUA) Viáticos: US$. 200.00 x 4 días x 2 personas Artículo 3º.- Los gastos de traslado de los Ofi ciales comisionados de la ciudad de Bogotá a la ciudad de Santa Marta y viceversa, será asumido por la Delegación de Colombia, sin irrogar gasto alguno al Tesoro Público. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- Los mencionados Ofi ciales, deberán cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 6º.- El Ofi cial Superior comisionado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 712740-2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 520-2011-DE/MGP Lima, 6 de noviembre de 2011 Visto el Ofi cio P.200-1787 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 22 de setiembre de 2011; CONSIDERANDO: Que, en el Acta de la Reunión Bilateral entre el Capitán de Puerto de Zorritos (Perú) y el Capitán de Puerto Bolívar (Ecuador) suscrita en marzo del 2011, se acordó el desarrollo de una próxima reunión, para el mes de noviembre de 2011, en el Puerto Bolívar, República del Ecuador, con el propósito de afi anzar los lazos de amistad y cooperación para la lucha contra las actividades ilícitas comunes que se presentan en sus respectivas jurisdicciones; así como, optimizar las medidas de apoyo en la lucha contra la contaminación del medio acuático y en las operaciones de búsqueda y rescate; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación