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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (07/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 7 de noviembre de 2011 452880 Artículo 6º.- Modifi car el numeral 4.1 del rubro 4 de la Tipifi cación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipifi cación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 028- 2003-OS/CD, y sus respectivas normas modifi catorias, de acuerdo al siguiente detalle: RUBRO TIPIFICACION DE LA INFRACCION REFERENCIA LEGAL SANCION OTRAS SANCIONES 4 Autorizaciones y registros 4.1. Realizar actividades de Instalación o modifi cación sin contar con el Informe Técnico Favorable 4.1.1 En Locales de Venta de GLP Arts 7º, 9º y 64º incisos b), c) y d) Hasta 5 UIT PO, RIE, CB del Reglamento aprobado por D.S Nº 01-94-EM. Art. 4º del D.S. Nº 054-99-EM. 4.1.2 En Consumidores Directos de GLP, Redes de Distribución de GLP Arts. 7º, 9º y 64º incisos b), c) y d) del Reglamento Hasta 15 UIT PO, RIE, CB, STA aprobado por D.S Nº 01-94-EM. Art. 4º del D.S Nº 054-99-EM. 4.1.3. En Plantas Envasadoras Arts. 7º, 9º, 14º y 64º incisos b), c) Hasta 50 UIT PO, RIE, CB, STA, y d) del Reglamento aprobado por D.S Nº 01-94-EM. Art. 4º del D.S. Nº 054-99-EM. Art. 3º del Anexo 2 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 191- 2011-OS/CD. 4.1.4. En Grifos, Grifos Rurales con surtidor, Estaciones de Servicios y/o Gasocentros Art. 15º, 16º y 117º incisos c), d) y e) Hasta 15 UIT PO, RIE, CB, STA del Reglamento aprobado por D.S. Nº 019-97-EM Art. 4º del D.S Nº 054-99-EM. Art. 5º y 86º incisos a) y c) del Reglamento Aprobado por D.S. Nº 030-98-EM Art. 3º del Anexo 2 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 191- 2011-OS/CD. 4.1.5. En Consumidores Directos de Combustibles Líquidos o de Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos Arts. 61º, 63º, 66º, 70º y 83º del Reglamento Hasta 40 UIT PO, RIE, CB aprobado por D.S. Nº 045-2001-EM Art. 4º del D.S. Nº 054-99-EM. Defi nición de Consumidor Directo del Glosario Siglas y Abreviaturas del Subsector Hidrocarburos, aprobado por D.S. Nº 032-2002- EM. Art. 3º del Anexo 2 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/CD. RUBRO TIPIFICACION DE LA INFRACCION REFERENCIA LEGAL SANCION OTRAS SANCIONES 4.1.6. En Refi nerías, Plantas de Art. 9º del Procesamiento y Plantas de Reglamento Hasta 100 UIT PO, RIE, CB Producción de GLP aprobado por D.S. Nº 051-93-EM. Art. 3º del Anexo 2 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/CD. 4.1.7. En Plantas de Abastecimiento, Plantas de Arts. 5º y 86º inciso b) y c) del Reglamento aprobado por D.S. Nº 030-98-EM. Arts 7º, 64º inciso b), c) y d) del Reglamento aprobado por D.S Nº 01-94-EM Arts. 61º, 63º, 66º, 70º y 83º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 045-2001- EM. Abastecimiento en Aeropuertos, Terminales, Plantas de Lubricantes, Sistemas de Despacho de Combustibles para Aviación y Hasta 100 UIT PO, RIE, CB Sistemas de Despacho de Combustibles para Embarcaciones Art. 3º del Anexo 2 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/CD. 4.1.8. En Grifos Flotantes Art. 86º incisos b) y c) del Reglamento Hasta 5 UIT PO, RIE, CB Aprobado por D.S. Nº 030-98-EM. 4.1.9. En Establecimientos con almacenamiento en cilindros Art. 86º incisos b) y c) del Reglamento aprobado por D.S. Nº 030-98-EM. Hasta 5 UIT PO, RIE, CB 4.1.10. En Ductos de Transporte de Hidrocarburos Arts. 4º, 5º, 13º, 66º, 78º, 83º al 86º, 88º, 89º, 91º, 92º y 93º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 081- 2007-EM Arts. 12º y 13º del Anexo I del Reglamento aprobado por D.S. Nº 081-2007- EM. Hasta 100 UIT PO, RIE, CB, STA, 4.1.11 En las actividades de Art. 216º del exploración y Reglamento Hasta 50 UIT CI, STA, SDA explotación aprobado por D.S. Nº 032-2004-EM. Artículo 7º.- Modifi car el numeral 4.2 del rubro 4 de la Tipifi cación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipifi cación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 028- 2003-OS/CD, y sus respectivas normas modifi catorias, de acuerdo al siguiente detalle: Rubro Tipifi cación de la Infracción Referencia Legal Sanción Otras Sanciones 4 Autorizaciones y registros 4.2. Operar sin contar con la debida autorización: Registro de Hidrocarburos 4.2.1 En Locales de Venta de GLP Arts. 7º, 9º y 64º inciso b), Hasta 350 UIT CE, CI, RIE, CB STA, SDA del Reglamento aprobado por D.S. Nº 01-94-EM Art. 1º y 13º del Anexo 1 de R.C.D. Nº 091-2010-OS/CD Art. 1º y 14º del Anexo 1 de la R.C.D. Nº 191-2011- OS/CD 4.2.2 En Consumidores Directos de GLP y Redes de Distribución Arts. 7º, 9º y 64º inciso b), Hasta 640 UIT CE, CI, RIE, CB del Reglamento aprobado por D.S. Nº 01-94-EM Art. 1º y 13º del Anexo 1 de R.C.D. Nº 091-2010-OS/CD