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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (18/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de noviembre de 2011 453501 SIAF 002; actividad 1.000110/3.000010, acciones de Alta Dirección, naturaleza del gasto: 2.3.21.11 Pasajes y Gastos de Transportes, 2.3.21.12, viáticos y asignaciones por comisión de servicios, 2.326.34, otros seguros personales, 2.3.27.11.99 Servicios Diversos, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Cuarto.- Dentro de los ocho días del retorno, el Comisionado deberá presentar un Informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos ante el Consejo Universitario. Quinto.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. VALDEMAR MEDINA HOHOS Rector FRANCISCO GARCIA CALISAYA Secretario General 717759-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban constitución de la Mancomunidad Municipal “Lima - Rímac” ORDENANZA Nº 1562 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria del Concejo del 10 de noviembre del 2011, los Dictámenes Nº 213-2011-MML- CMAEO y Nº 79-2011-MML-CMAL de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización y de Asuntos Legales; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCIÓN DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL “LIMA-RÍMAC” Artículo Primero.- La presente Ordenanza Municipal tiene por fi nalidad aprobar la constitución de la Mancomunidad Municipal “Lima-Rímac”, en base al Acta de fecha 2 de noviembre del 2011, suscrita entre la alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima y el alcalde de la Municipalidad Distrital del Rímac. La Mancomunidad Municipal “Lima-Rímac” tiene por objeto: - Gestionar la recuperación del Centro Histórico de Lima, ubicado en el Cercado de Lima y el distrito del Rímac, de acuerdo a los ejes temáticos de atención prioritaria del Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima – PROLIMA. - Formular e implementar un Programa Conjunto para la Recuperación, Protección y Conservación del Ambiente y del Ecosistema del Río Rímac, en la parte correspondiente al Cercado de Lima y el distrito del Rímac, con enfoque de cuenca y participación ciudadana, que complemente la ejecución del proyecto “Vía Parque Rímac”. - Establecer mecanismos de concertación y decisión para la implementación de programas de gestión para la prevención de Riesgos Físicos para los Asentamientos Humanos ubicados en las laderas de los cerros del distrito del Rímac (San Cristóbal, Flor de Amancaes, San Juan de Amancaes) y de los Asentamientos Humanos y Barrios ubicados en las riberas del Río Rímac del Cercado de Lima y distrito del Rímac. Artículo Segundo.- Aprobar el Estatuto de la Mancomunidad Municipal “Lima-Rímac”, ratifi cando el contenido en el Acta de Constitución, que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Delegar las competencias y funciones a la Mancomunidad Municipal “Lima-Rímac”, las que se detallan a continuación: Funciones específi cas exclusivas: - Planifi car y concertar el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes metropolitanos, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza y promover la inclusión. - Ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, fi nanciamiento y otros campos a fi n de mejorar la competitividad. - Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico en el ámbito de la Mancomunidad Municipal. - Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas del Centro Histórico de Lima, conservando y respetando sus valores universales. - Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846. - Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF. - Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planifi cación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo. Funciones específi cas compartidas: - Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con los organismos municipales y nacionales competentes. - Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las obras de infraestructura urbana que sean indispensables para el desenvolvimiento de la vida del vecindario, la producción, el comercio, el transporte y la comunicación en el distrito, tales como pistas o calzadas, vías, puentes, parques, mercados, canales de irrigación, locales comunales, y obras similares. Artículo Cuarto.- Ratifi car la designación de la señora SUSANA MARÍA DEL CARMEN VILLARÁN DE LA PUENTE, Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el cargo de Presidenta del Consejo Directivo, y del señor Gustavo Adolfo Arturo Fuentes Galindo, en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad Municipal, así como de los acuerdos señalados en el Acta de Constitución. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. En Lima 10 de noviembre de 2011 SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa ESTATUTO DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL “LIMA-RÍMAC” TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo Primero.- CONSTITUCIÓN Y DENOMINACIÓN