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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de noviembre de 2011 453487 VISTO: Los Ofi cios Nº 001718-2011/GRIAS/RENIEC (06OCT2011) y Nº 001496-2011/GRIAS/RENIEC (24AGO2011), emitidos por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; los Informes Nº 000046- 2011/GRIAS/SGRI/RENIEC) (06OCT2011) y Nº 000042- 2011/GRIAS/SGRI/RENIEC (23AGO2011), emitidos por la Sub Gerencia de Restitución de la Identidad; el Ofi cio Nº 001935-2011/GPP/RENIEC (02SET2011), emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe Nº 000118-2011/GPP/SGPL/RENIEC (01SET2011), emitido por la Sub Gerencia de Planifi cación y el Informe Nº 001815-2011/GAJ/RENIEC (06SET2011), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, mantener el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acrediten su identidad; Que con tal propósito viene implementando una política social de acercamiento a la ciudadanía orientada a atender las necesidades de documentación de la población en situación de vulnerabilidad y exclusión; Que mediante Resolución Jefatural Nº 016-2011-JNAC/ RENIEC, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 18 de enero del 2011, se aprobó el “Plan Nacional de Atención de la Problemática de la Indocumentación 2011-2015”, disponiendo su ejecución a partir del 01 de enero del 2011; Que la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, a través de los documentos del visto, informa que en el marco del proceso de incorporación de las actividades del Plan Nacional al Plan Operativo Institucional y a los planes operativos de las unidades orgánicas involucradas en su ejecución y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal de la Institución, se han reformulado las metas establecidas y reubicado las tácticas en función a los objetivos específi cos, originándose variaciones en el contenido del mismo; Que en ese contexto, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, propone el cambio de denominación del “Plan Nacional de Atención de la Problemática de la Indocumentación 2011-2015”, por el de “Plan Nacional Perú contra la Indocumentación 2011- 2015”, con el propósito de darle a dicho instrumento una connotación más inclusiva y mayor énfasis al trabajo articulado e involucramiento de las diversas instituciones del estado, la sociedad civil y la población en general; Que en ese sentido, la Sub Gerencia de Restitución de la Identidad señala en su Informe Nº 000046-2011/ GRIAS/SGRI/RENIEC (06OCT2011) que se ha incluido en el Plan, como parte de los grupos prioritarios, al pueblo afroperuano, toda vez que dicho sector de la población ha sido tradicionalmente excluido y afectado por prácticas discriminatorias, lo que se condice con lo recomendado por la Asamblea General de las Nacional Unidas, a través de la Resolución 64/169 (18DIC2009), que declara al año 2011, como el Año Internacional de los Afrodescendientes e insta a los Estados miembros y la sociedad civil a desarrollar iniciativas que contribuyan a su éxito; Que en la medida que las instituciones del Estado, la sociedad civil y la cooperación internacional que participaron en la elaboración del “Plan Nacional de Atención de la Problemática de la Indocumentación 2011- 2015”, han asumido según sus competencias funcionales, responsabilidad en la ejecución de las actividades contempladas en el referido documento, para contribuir al cumplimiento de sus objetivos y metas, resulta necesario convocarlas a integrar una Comisión Externa encargada del monitoreo, evaluación y ejecución de acciones orientadas a atender de manera integral la problemática que afrontan las personas indocumentadas; Que en atención a lo señalado precedentemente, se incorpora como integrantes de la Comisión Externa de monitoreo del plan, al Instituto RUNA de Desarrollo y Estudios sobre Género y al Centro de Desarrollo Étnico (CEDET), por tratarse de organizaciones representativas que desarrollan actividades a favor de la protección y promoción de los derechos de las personas trans y del pueblo afroperuano; Que resulta de vital importancia que la ciudadanía tome conocimiento de lo dispuesto en la presente resolución; Conforme a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; al Reglamento de Inscripciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; al inciso h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural Nº 855- 2010/JNAC/RENIEC (29SET2010) y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el artículo primero de la Resolución Jefatural Nº 016-2011-JNAC/ RENIEC, disponiéndose el cambio de denominación de “Plan Nacional de Atención de la Problemática de la Indocumentación 2011 – 2015”, por el de “Plan Nacional Perú contra la Indocumentación 2011 -2015”. Artículo Segundo.- Aprobar las modifi caciones efectuadas al contenido y metas establecidas en el entonces denominado “Plan Nacional de Atención de la Problemática de la Indocumentación 2011 – 2015”, actualmente denominado “Plan Nacional Perú contra la Indocumentación 2011 -2015”, cuyo texto y anexos 1 y 2, forman parte integrante de la presente resolución jefatural. Artículo Tercero.- Precisar que se mantienen vigentes los demás artículos de la Resolución Jefatural Nº 016- 2011-JNAC/RENIEC. Artículo Cuarto.- Constituir la Comisión Externa de Monitoreo del “Plan Nacional Perú contra la Indocumentación 2011 -2015”, con el objetivo de evaluar los avances y difi cultades en la ejecución del Plan Nacional y planifi car de manera consensuada la realización de las acciones orientadas al logro de sus objetivos y metas, la cual estará integrada por un miembro titular y un alterno de las siguientes instituciones: a) Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), quien la presidirá. b) Ministerio de Educación. c) Ministerio del Interior. d) Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. e) Ministerio de Salud. f) Defensoría del Pueblo. g) Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). h) Instituto Nacional del Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano (INDEPA). i) Instituto RUNA de Desarrollo y Estudios sobre Género. j) Centro de Desarrollo Étnico (CEDET). k) Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza. l) Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE). m) Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán. n) Instituto de Defensa Legal. o) Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). p) Organización de Estados Americanos. Artículo Quinto.- Remitir la presente resolución jefatural a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Congreso de la República y demás instituciones del Estado, para conocimiento y apoyo en el logro de los objetivos y metas trazadas. Artículo Sexto.- Encargar a las Gerencias de Restitución de la Identidad y Apoyo Social e Imagen Institucional el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional