Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (20/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de noviembre de 2011 453582 Visto el Ofi cio P.200-1880 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 4 de octubre de 2011; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la política internacional la Marina de Guerra del Perú y la Marina Militar Italiana, vienen participando en Reuniones de Estados Mayores, con el propósito de consolidar aspectos operacionales, logísticos y tecnológicos; así corno, interactuar en diversas áreas que permitan obtener conocimientos, experiencias e información de interés, contribuyendo con afi anzar los lazos de amistad, cooperación y reciprocidad; estando prevista la realización de la II Reunión de Estados Mayores entre ambas Marinas, a realizarse en la ciudad de Roma, República Italiana, del 20 al 24 de noviembre de 2011; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación y autorización de viaje del Jefe del Estado Mayor General de la Marina, acompañado de un (1) Ofi cial Superior, para que participen en la mencionada Reunión; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, ítem 140, Anexo 1 (RO), mediante Resolución Suprema N° 529-2011-DE, de fecha 7 de noviembre de 2011, que modifi ca el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado mediante Resolución Suprema N° 015-2011-DE/SG, del 13 de enero de 2011 y sus modifi catorias; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante José Ernesto CUETO Aserví y del Capitán de Navío Juan Carlos MONTENEGRO Valderrama, para que participen en la II Reunión de Estados Mayores entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina Militar Italiana; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú: De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001- 2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante José Ernesto CUETO Aservi, CIP. 06708444, DNI. 06783615 y del Capitán de Navío Juan Carlos MONTENEGRO Valderrama, CIP. 00809214, DNI. 43371281, para que participen en la II Reunión de Estados Mayores entre la Marina de Guerra del Perú y la Marina Militar Italiana, a realizarse en la ciudad de Roma, República Italiana, del 20 al 24 de noviembre de 2011. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Roma (ITALIA) - Lima US$. 3,085.91 x 2 personas (Incluye TUUA) Viáticos: US$. 260.00 x 5 días x 2 personas Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4°.- Los mencionados Ofi ciales, deberán cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5°.- El Ofi cial Almirante comisionado, deberá cumplir con presentar un Informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 718967-2 Autorizan viaje de Personal Militar y Civil FAP a la República de Haití, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 547-2011-DE/FAP Lima, 19 de noviembre de 2011 Visto el Ofi cio NC-55-COE3-Nº 1908 de fecha 09 de noviembre de 2011 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Haití, al Personal Militar y Civil FAP que conformarán las tripulaciones de la aeronave principal Boeing 737-200 N° 352 y la aeronave alterna Hércules L-100-20 N° 397 ó N° 382, que trasladará al personal integrante del XIV-B Contingente de la Compañía Perú, a la ciudad de Puerto Príncipe en las fechas que se detallan en la parte resolutiva de la presente resolución; Que, el pago correspondiente a la presente autorización, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, de conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, el Decreto Supremo N° 024- 2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 y la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Haití, al Personal Militar y Civil FAP que conformarán las tripulaciones de la aeronave principal Boeing 737-200 N° 352 y la aeronave alterna Hércules L-100-20 N° 397 ó N° 382, que trasladará al personal integrante del XIV-B Contingente de la Compañía Perú, a la ciudad de Puerto Príncipe en las fechas que se detallan a continuación: