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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (20/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de noviembre de 2011 453594 para la extracción de merluza. La investigación debe contar con la opinión técnica previa al IMARPE, en lo referente al plan de operaciones y, en especial, a los objetivos y metodología y validación de resultados esperados que se apliquen en la investigación. Dicha investigación requiere de la autorización del Ministerio de la Producción; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 367- 2010-PRODUCE se establece el Régimen Provisional de Pesca del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) correspondiente al año 2011, en el marco del cual se desarrollará la actividad extractiva del mencionado recurso desde las 00:00 horas del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2011, en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 06º00’ Latitud Sur. Asimismo, establece el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) en 40 mil toneladas; Que, por Resolución Ministerial Nº 250-2011- PRODUCE del 1 de setiembre de 2011, se establece la veda reproductiva del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú hasta los 06º00’ Latitud Sur; en consecuencia se prohíbe extraer, transportar y comercializar el citado recurso a partir de las 00:00 horas del 4 de setiembre de 2011, así como procesarlo a partir de las 00:00 horas del tercer (3º) día calendario posterior a la publicación de la citada Resolución Ministerial. Asimismo, se dispone que el Instituto del Mar del Perú – IMARPE, efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores poblacionales y pesqueros del recurso merluza, debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de ordenamiento pesquero; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 281-2011- PRODUCE de fecha 03 de octubre de 2011, se autorizó al Instituto del Mar del Perú – IMARPE la ejecución de la Pesca Exploratoria de Merluza a partir de las 00:00 horas del 4 de octubre hasta las 24:00 horas del 5 de octubre de 2011, en el área marítima comprendida entre Puerto Pizarro (03º30’ LS) y Punta La Negra (06º00’ LS), con la participación de tres (03) embarcaciones pesqueras, con permiso de pesca vigente y que operan bajo el Régimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza establecido por Resolución Ministerial Nº 367-2010-PRODUCE; Que, en vista que los resultados revelaron altos niveles de madurez gonadal y desove, el IMARPE, través del Ofi cio Nº DE-100-279-2011-PRODUCE/IMP recomienda la continuidad de la veda reproductiva, y propone la realización de una nueva pesca exploratoria para fi nes de octubre de 2011; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 291-2011- PRODUCE de fecha 21 de octubre de 2011, se autorizó al Instituto del Mar del Perú – IMARPE la ejecución de la Pesca Exploratoria de Merluza a partir de las 00:00 horas del 24 de octubre hasta las 24:00 horas del 25 de octubre de 2011, en el área marítima comprendida entre Puerto Pizarro (03º30’ LS) y Punta La Negra (06º00’ LS), con la participación de tres (03) embarcaciones pesqueras, con permiso de pesca vigente y que operan bajo el Régimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza establecido por Resolución Ministerial Nº 367-2010-PRODUCE. Asimismo, dispuso que la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción mediante Resolución Directoral publique la relación de las embarcaciones pesqueras que participarán en la Pesca Exploratoria de Merluza, de acuerdo al Plan presentado por el IMARPE; Que, el Instituto del Mar del Perú – IMARPE vía comunicación electrónica del 21 de octubre de 2011, alcanza la relación de las embarcaciones pesqueras arrastreras que participarán en la ejecución de la mencionada prospección pesquera, de acuerdo con el plan de operaciones correspondiente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Técnico Nº 789-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003- PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a las embarcaciones pesqueras arrastreras con permiso de pesca vigente y que operan bajo el Régimen Provisional de Pesca de Merluza autorizado mediante la Resolución Ministerial Nº 367-2010-PRODUCE, que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución Directoral, para participar en la “Pesca Exploratoria de Merluza” autorizada con Resolución Ministerial Nº 291-2011-PRODUCE, conforme a los sectores que se indican en dicha relación. Artículo 2º.- Publicar en el Anexo II de la presente Resolución, la embarcación pesquera arrastrera con permiso de pesca vigente y que opera bajo el Régimen de Provisional de Pesca de Merluza autorizado mediante la Resolución Ministerial Nº 367-2010-PRODUCE, seleccionada a participar en la “Pesca Exploratoria de Merluza”, en calidad de suplente. Artículo 3º.- El Instituto del Mar del Perú – IMARPE, dispondrá la sustitución de las embarcaciones titulares por las suplentes, en caso ocurrieran problemas técnicos. Artículo 4º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción y las Direcciones Regionales de la Producción de los Gobiernos Regionales de Tumbes, Piura y Lambayeque, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velaran por el estricto cumplimiento de los dispuesto en la presente Resolución Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS RAUL CASTILLO ROJAS Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero ANEXO I RELACIÓN DE EMBARCACIONES QUE PARTICIPARÁN EN LA PESCA EXPLORATORIA DE MERLUZA (24 al 25 de octubre de 2011) EMBARCACIÓN MATRÍCULA ÁREA ARMADOR SANTA MONICA III PT-17479-PM 03º25´S - 04º15´S INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A. ANICO I PT-6282-CM 04º15´S - 05º15’S ARMADORES Y CONGELADORES DEL PACIFICO S.A. MERO CO-12975-CM 05º15’S - 06º00’S ARMADORES Y CONGELADORES DEL PACIFICO S.A. ANEXO II RELACIÓN DE EMBARCACIONES QUE PARTICIPARÁN EN LA PESCA EXPLORATORIA DE MERLUZA EN CALIDAD DE SUPLENTES (24 al 25 de octubre de 2011) EMBARCACIÓN MATRÍCULA Armador AURITA PT-22684-CM ARMADORES Y CONGELADORES DEL PACIFICO S.A. 718046-15 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM, en localidad del departamento de Ancash RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 978-2011-MTC/03 Lima, 14 de noviembre de 2011