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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (03/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 3 de octubre de 2011 451081 de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - sociedad civil y, que para ello los gobiernos regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, de acuerdo a las prioridades consideradas en los objetivos de los planes de desarrollo concertado y en los programas estratégicos del presupuesto por resultados; así como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos, y que, mediante ordenanza, dispondrán las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación y acreditación de los agentes participantes en el proceso, particularmente de aquellos representantes de la sociedad civil. En ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modifi catorias por la Ley N° 27902 y Ley N° 29053, y estando a lo acordado. HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- CONVOCAR al Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de La Libertad para el año fi scal 2012. Artículo Segundo.- APROBAR la directiva regional que reglamenta el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de La Libertad para el año fi scal 2012, el mismo que consta de doce artículos y cinco disposiciones fi nales; así como el cronograma respectivo, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- APROBAR el Reglamento del Proceso de Identifi cación y Acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de La Libertad para el año fi scal 2012, el mismo que contiene seis artículos y tres disposiciones complementarias; cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- CONFORMAR el Equipo Técnico del Proceso, que estará integrado de la siguiente manera: a. Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quien lo preside. b. Gerente del Centro Regional de Planeamiento Estratégico. c. Sub Gerente de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial. d. Sub Gerente de Programación de la Inversión Pública. e. Dos (02) representantes del Consejo de Coordinación Regional. f. Dos (02) representantes de la Sociedad Civil, elegidos entre los agentes participantes del Presupuesto Participativo. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano” y en el diario de mayor circulación de la Región, asimismo será difundida a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los quince días del mes de abril del año dos mil once. HEBERT IVAN JIMENEZ URQUIAGA Consejero Delegado Consejo Reginal La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a 11 MAY. 2011. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 697703-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL