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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 3 de octubre de 2011 451065 Reconocen servidumbre convencional de ocupación sobre bienes de propiedad privada a favor de concesión de la que es titular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 424-2011-MEM/DM Lima, 21 de setiembre de 2011 VISTO: El Expediente Nº 31216311, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación de Distribución Eléctrica compacta pedestal para Servicio Público de Electricidad N° 5924; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema N° 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de servidumbre convencional de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación de Distribución Eléctrica compacta pedestal para Servicio Público de Electricidad N° 5924, ubicada en la Calle Bresani N° 153 al N° 181, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre bienes de propiedad privada, para la Subestación de Distribución Eléctrica compacta pedestal para Servicio Público de Electricidad N° 5924, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 24 de noviembre de 2008, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 222-2011-DGE-DCE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación sobre bienes de propiedad privada, para la instalación de la Subestación de Distribución Eléctrica compacta pedestal para Servicio Público de Electricidad N° 5924, ubicada en la Calle Bresani N° 153 al N° 181, distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupación, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 24 de noviembre de 2008, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Expediente Descripción de la servidumbre Área de Servidumbre Tipo de Propiedad Tipo de terreno 31216311 Subestación de Distribución Eléctrica N° 5924 Ubicación: distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima Servidumbre de ocupación Coordenadas UTM: Vértice Norte Este A 8 656 101,349 280 052,888 B 8 656 101,632 280 055,875 C 8 656 106,112 280 055,450 D 8 656 105,829 280 052,463 Suelo: 13,50 m² Privada Urbano Artículo 2°.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y minas 694199-3 PRODUCE Modifican la R.M. Nº 191-2011- PRODUCE, sobre designación de representantes de la Comisión de Transferencia para apoyar el proceso de transferencia de funciones del Ministerio de la Producción al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 272-2011-PRODUCE Lima, 29 de setiembre de 2011 VISTOS: El Memorando Nº 02043-2011-PRODUCE/ OGPP de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, el Informe Nº 234-2011-PRODUCE/OGPP-Opir de la Ofi cina de Planeamiento, Inversiones y Racionalización de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y el Memorando Nº 1845-2011-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 009-2011- MINAM, se aprobó el inicio del proceso de transferencia de las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental de los sectores industria y pesquería del Ministerio de la