Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2011 (04/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 4 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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12.50 ml., la Derecha entrando con propiedad de terceras personas con 30 ml, "Por la izquierda con propiedad del adjudicado con 35.00 ml", por el fondo con 12.50 ml.; agrega que segun levantamiento catastral fisicamente constituye ahora parte del la via denominada Jr. MORDAZA, Sector 1 del Distrito de MORDAZA de Surco".... DEBE DECIR: "... el cual tiene los siguientes linderos: Por el Frente con MORDAZA Tacna (ahora Jr. Tacna) con 12.50 ml., la Derecha entrando con propiedad de terceras personas con 30 ml, "Por la izquierda con propiedad del adjudicado con 30.00 ml", por el fondo con 12.50 ml.; agrega que segun levantamiento catastral fisicamente constituye ahora parte del la via denominada Jr. MORDAZA, Sector 1 del Distrito de MORDAZA de Surco".... Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, los planos de ubicacion U-01, Perimetrico P-01 y Lotizacion y Vias L-01, aprobados por la Resolucion de Alcaldia N° 8302010-RASS. Articulo Tercero.- APROBAR los nuevos planos de Ubicacion U-01, Perimetrico P-01 y Lotizacion y Vias L01, conforme a los considerandos MORDAZA expuestos.

Articulo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion, en el Diario Oficial el Peruano y a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion la publicacion en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, www.munisurco.gob.pe, al dia siguiente de su aprobacion, conforme lo prescribe el articulo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolucion Ministerial N° 200-2010-PCM. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Gestion de Proyectos, la elaboracion de la Declaracion Jurada que precise la valorizacion de la habilitacion MORDAZA conforme lo solicita la SUNARP; y a la Subgerencia de Patrimonio y Servicios Generales y Maestranza la prosecucion del tramite del levantamiento de la observaciones ante la SUNARP. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 698341-1

PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Proyecto de Resolucion que establece el Cargo de Interconexion Tope por Facturacion y Recaudacion
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 126-2011-CD/OSIPTEL MORDAZA, 29 de setiembre de 2011 EXPEDIENTE : N° 00001-2010-CD-GPR/IX Revision del Cargo de Interconexion Tope por Facturacion y MATERIA : Recaudacion / Publicacion para comentarios. Concesionarios del Servicio de ADMINIS: Telefonia Fija y/o de Servicios TRADOS Publicos Moviles VISTOS: (i) El Proyecto de Resolucion presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto disponer que se publique para comentarios el Proyecto de Resolucion que establecera el Cargo de Interconexion Tope por Facturacion y Recaudacion; y, (ii) El Informe Nº 516-GPRC/2011 de la Gerencia de Politicas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL, que sustenta el Proyecto de Resolucion al que se refiere el numeral precedente y recomienda su publicacion para comentarios; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoria Legal; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso g) del Articulo 8° de la Ley Nº 26285, y en el literal c) del Articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos ­Ley N° 27332, modificada por Ley N° 27631, el Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) tiene, entre otras, la funcion normativa, que comprende la facultad de dictar normas relacionadas con la interconexion de servicios publicos de telecomunicaciones, en sus aspectos tecnicos y economicos; Que, el inciso i) del Articulo 25° del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, senala que este organismo, en ejercicio de su funcion normativa, tiene la facultad de dictar reglamentos o disposiciones de caracter general referidas a las condiciones de acceso a servicios y redes e interconexion entre los mismos; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 1232003-CD/OSIPTEL se aprobo el "Procedimiento para la Fijacion o Revision de Cargos de Interconexion Tope" (en adelante, el Procedimiento), en el que se detallan las etapas y reglas a las que se sujeta el OSIPTEL para el ejercicio de su funcion normativa en la fijacion o revision de cargos de interconexion tope, de oficio o a solicitud de una empresa operadora; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 071-2010-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de MORDAZA de 2010, se dio inicio al Procedimiento de Oficio para la Revision del Cargo de Interconexion Tope por Facturacion y Recaudacion; Que, en el MORDAZA de dicho procedimiento, las empresas Nextel del Peru S.A., Telefonica del Peru S.A.A. y Telefonica Moviles S.A., han presentado, dentro del plazo establecido, sus respectivas propuestas de cargos de interconexion tope por facturacion y recaudacion, conjuntamente con los estudios de costos correspondientes; Que, de acuerdo con lo establecido en los numerales 4 y 5 del Articulo 7º del Procedimiento, y en merito a los fundamentos que sustentan el Proyecto de Resolucion senalado en la seccion de VISTOS, se considera pertinente disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, definiendo el plazo para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto de dicho proyecto, convocar a la correspondiente Audiencia Publica y disponer la publicacion de la respectiva documentacion sustentatoria en la pagina web del OSIPTEL;

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