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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (04/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de octubre de 2011 451097 De conformidad con lo establecido la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-TR; y, en uso de la facultad conferida en la Resolución Ministerial Nº 274-2011-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inclusión provisional de don ALEJANDRO EDGARDO NUÑEZ ROQUE, en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Poner la presente resolución en conocimiento de la persona referida en el artículo anterior y del Sétimo Juzgado Especializado Civil de Chiclayo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS REQUEJO ALEMÁN Secretario General 698587-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban Directiva “Pago de Aporte por Regulación” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 038-2011-SUNASS-CD Lima, 27 de setiembre de 2011 VISTO: El proyecto de Directiva “Pago de Aportes por Regulación” elaborado por la Gerencia de Administración y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 10º de la Ley Nº 27332 establece que los organismos reguladores recaudarán de las empresas y entidades bajo su ámbito un aporte por regulación, el cual no podrá exceder del 1% (uno por ciento) del valor de la facturación anual, deducido el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal; Que, asimismo el mencionado artículo, dispone que el aporte por regulación será fi jado mediante Decreto Supremo aprobado por el Consejo de Ministros, habiéndose establecido dicho aporte en un 1% para el año 2004, extendiéndose automáticamente su vigor mientras no se modifi que por norma expresa, conforme fl uye del Decreto Supremo Nº 105-2003-PCM; Que, el Artículo 65º del Decreto Supremo Nº 017-2001- PCM, Reglamento General de la SUNASS, establece que el Consejo Directivo de la SUNASS regulará la forma y oportunidad de pago del aporte por regulación; Que, con Resolución de Consejo Directivo Nº 12-2001- SUNASS-CD de fecha 25 de abril de 2001, se aprobó la “Directiva de Procedimientos para el Pago de Aporte por Regulación”; Que, corresponde actualizar la “Directiva de Procedimientos para el Pago de Aporte por Regulación” a fi n de lograr su correcto cumplimiento en conformidad con las modifi caciones normativas efectuadas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en la Sesión Nº 18 de fecha 22 de setiembre de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva “Pago de Aporte por Regulación” de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento – SUNASS, que en Anexo adjunto forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la “Directiva de Procedimientos para el Pago de Aporte por Regulación” aprobada con Resolución de Consejo Directivo Nº 12- 2001-SUNASS-CD, de fecha 25 de abril de 2001. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución y Directiva en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento – SUNASS. Artículo 4º.- La presente Resolución y Directiva entrarán en vigencia al día siguiente de su aprobación. Con el voto aprobatorio de los señores Consejeros José Eduardo Salazar Barrantes, Jorge Luis Olivarez Vega, Marlene Amanda Inga Coronado y Julio Baltazar Durand Carrión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente del Consejo Directivo DIRECTIVA PAGO DE APORTE POR REGULACIÓN 1. FINALIDAD Establecer los procedimientos para realizar el aporte por regulación a que se refi ere el artículo 10º de la Ley Nº 27332. 2. OBJETIVO Lograr el cumplimiento en forma oportuna y veraz de los aportes por regulación que deben realizar las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento a la SUNASS, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. 3. ALCANCE La presente Directiva es de aplicación obligatoria a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, ya sean públicas, privadas o mixtas. Aquellas empresas prestadoras que se constituyan, con posterioridad a la Ley Nº 27332, deberán realizar el aporte por regulación, a partir de la fecha que establezca SUNASS en el documento legal pertinente. 4. BASE LEGAL • Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos. • Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, Reglamento General de la SUNASS. • Decreto Supremo Nº 105-2003-PCM, Establece alícuotas de aportes por regulación. 5. GLOSARIO DE TÉRMINOS o SUNASS: Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento. o EMPRESAS PRESTADORAS: Entidades públicas, privadas y mixtas que brinden servicios de saneamiento. o APORTE POR REGULACIÓN: Constituido por el aporte de las Empresas Prestadoras para cubrir los costos