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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (13/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de octubre de 2011 451585 los contratos se regulan por esta Ley, su Reglamento y demás normas complementarias. Que, el DS. 184-2008-EF, en su artículo 132º señala específi camente sobre los Servicios Personalísimos que “Cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados, profesionales, artísticos, científi cos o tecnológicos, procede la exoneración por servicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas. Asimismo, el artículo 133º del mismo cuerpo legal establece que de haber Informe Técnico – Legal previo en caso de Exoneraciones; “La Resolución o Acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración”; igualmente el artículo 134º de este decreto nos indica que se debe Publicar las Resoluciones o Acuerdos que Aprueban las Exoneraciones de los procesos de Selección, salvo las previstas en los incisos d) del artículo 20º de la Ley, serán publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción según corresponda. Adicionalmente deberán publicarse a través del SEACE. Finalmente el artículo 135 del cuerpo de leyes citado, prescribe el Procedimiento para las Adquisiciones y Contrataciones Exoneradas; la entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases la misma que podrá ser obtenida por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico” Que, en virtud de los artículos 20º inc. f) y 21º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado y los artículos 132º, 133º, 134º y 135º del D.S. Nº 184-2008-EF, que aprueba el reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, con los considerandos señalados, en Sesión extraodinaria de la fecha, el Concejo Distrital de Llama con el voto UNANIME de los señores integrantes de dicho Concejo; ACUERDA: Artículo Primero.- CONTRATAR los Servicios Profesionales del Dr. Víctor Manuel Raymar Villena Chumbiauca, bajo la modalidad de Contrato Personalísimo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente acuerdo, conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero.- Facultar al Secretario General del Concejo Municipal la publicación del presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MARCO ANTONIO VERÁSTEGUI DÍAZ Alcalde 702593-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS Aprueban Reglamento de Organización y Funciones, Manual de Organización y Funciones, Cuadro para Asignación de Personal y Presupuesto Analítico de Personal de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2011-CMP. Paracas, 26 de julio del 2011. POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Paracas en Sesión de Concejo Ordinaria de la fecha indicada, visto los Informes Nº 0155-2011-GPP/MDP. e Informe Nº 285-2011-GM/MDP. que tratan sobre el Proyecto de Ordenanza que aprueba la nueva Estructura Orgánica de esta Municipalidad, además de los documentos de gestión tales como: (ROF-MOF.CAP. y PAP); y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos locales gozan de autonomía, economía y administrativa en los asuntos de su competencia, de acuerdo al Art. 191º de la Constitución Política del Perú; en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 003- 2011-CMP. de fecha 4 de enero del 2011. En Sesión Ordinaria de Concejo, se aprobó la creación de la Gerencia de Desarrollo Económico Local de la Municipalidad Distrital de Paracas, así como también la actualización del Reglamento de Organización y Funciones, Manual de Organización y Funciones, y el Cuadro de Asignación del Personal de la Municipalidad Distrital de Paracas; Que el artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que la estructura orgánica municipal básica de la municipalidad comprende en el ámbito administrativo a la gerencia municipal, órgano de control institucional, la oficina de asesoría jurídica y la oficina de planeamiento y presupuesto, ello está de acuerdo a su disponibilidad económica y los limites presupuestales asignados para gasto corriente. Los demás órganos de línea, apoyo y asesorías se establecen conforme lo determina cada gobierno local; Que, habiendo alcanzado la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto el proyecto de modifi caciones de los documentos de gestión antes referidos, de acuerdo al reordenamiento de la Estructura Orgánica sin haberse producido afectación alguna al Presupuesto Analítico tal como lo refi ere la citada Gerencia, ante los cambios estructurales y/o funcionales de esta Municipalidad, la misma que se encuentra orientada a la mejora de los servicios prestados conforme a los lineamientos establecidos por el Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM; Que, los cambios propuestos no generan una mayor burocracia de las actividades de las diversas unidades orgánicas, los cuales no implican egresos adicionales al presupuesto asignado, en materia de gastos corrientes con respecto al siguiente periodo; a fin de que en el año siguiente puedan ser considerados dentro del presupuesto institucional de apertura entre (PIA) y del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de las nuevas unidades Orgánicas, de acuerdo a los ingresos previstos en el presupuesto para el año Fiscal 2012; Que, teniéndose en cuenta los nuevos cambios y tendencias en materia organizacional, es necesario la aprobación de la nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad distrital de Paracas, acorde con el Art. 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades, adaptándola a una estructura gerencial, sustentándose en principios de programación, dirección , ejecución, supervisión, control concurrente y posterior, y se rija por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi cacia, participación y seguridad ciudadana; Que, en consecuencia dada las medidas adoptadas por el Pleno del Consejo Municipal, mediante los documentos de visto se presenta el proyecto de la Nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad, así como el cuadro de Asignación Personal (CAP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), considerando cuestiones de racionalidad ante la necesidad de implementar una organización acorde a nuestra realidad y a los cambios