Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2011 (13/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de octubre de 2011

de ser necesario, puede contar con el apoyo de personal especializado a efecto de compulsar el expediente y demas documentos producto de la evaluacion personal. Que asimismo, el Art.29° del Reglamento de Evaluacion y Ratificacion del Consejo Nacional de la Magistratura, dispone que la Comision de Evaluacion y Ratificacion del Consejo Nacional de la Magistratura, para los efectos del analisis de la calidad de las decisiones judiciales, puede contar con el apoyo de connotados especialistas con una experiencia no menor de 10 anos en el ejercicio de la profesion; que es precisamente en aplicacion de estas normas, que el Consejo MORDAZA con el apoyo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional altamente especializado en materia penal, conforme es de verse de su Hoja de MORDAZA, en la que se aprecia en sintesis lo siguiente: 1.- Abogado con mas de 10 anos de experiencia. 2.- Magister en Derecho comparado otorgado por la Universidad de Bonn (Alemania). 3.- Doctor en Derecho otorgado por la Universidad de Bonn (Alemania). 4.- Estancia de Investigacion en la Universidad de Friburgo (Suiza). 5.-Profesor Visitante del Instituto de Criminologia de la Universidad de Guayaquil. 6.- Profesor visitante de la Catedra Universitaria de Derecho Penal Economico de la Universidad Externado de Colombia. Por estos fundamentos se concluye que la persona que califico las decisiones judiciales del recurrente, es un abogado con mas de 10 anos de experiencia y altamente especializado en Derecho Penal y Procesal Penal, razon por la que el supuesto agravio que hace referencia el recurrente debe desestimarse. SEXTO.- Debe aplicarse al recurrente un Reglamento derogado.- Que el recurrente manifiesta que su MORDAZA de Ratificacion debio llevarse a cabo al MORDAZA del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico aprobado mediante Resolucion N° 10192005-CNM; al respecto, debe precisarse que el citado Reglamento que pretende el recurrente se le aplique, ha sido derogado por el Reglamento de Evaluacion Integral y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico aprobado por Resolucion N° 635-2009-CNM, de actual aplicacion y que entro en vigencia a partir del jueves 19 de Noviembre de 2009; por lo que consecuentemente no constituye un agravio al recurrente aplicarle un Reglamento vigente desde mucho MORDAZA a su convocatoria a MORDAZA de Ratificacion, tanto mas si nuestra Constitucion Politica no ha instituido el MORDAZA juridico de ultractividad en materia administrativa , a efecto de aplicarle al recurrente un Reglamento totalmente derogado. Por estas consideraciones, se concluye que en el presente caso, no se ha incurrido en ninguna trasgresion al debido proceso; ni violacion de los derechos constitucionales del recurrente, tanto mas si no ha aportado nueva prueba con la que demuestre en forma fehaciente su impugnacion, conforme dispone el vigente Reglamento de Evaluacion Integral y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion Nº 635-2009-CNM; por lo que consecuentemente mi MORDAZA es porque se Declare INFUNDADO el recurso extraordinario presentado por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Nº 394-2011-PCNM, de fecha 05 de Agosto de 2011 que dispone su No ratificacion. S. C. MORDAZA PAZ DE LA MORDAZA 702456-2

MINISTERIO PUBLICO
Nombran fiscales provisionales y los designan en la Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Huaura y en la Primera Fiscalia Superior Penal de MORDAZA Norte
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1986-2011-MP-FN MORDAZA, 11 de octubre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Huaura del Distrito Judicial de Huaura y debe cubrirse provisionalmente dicho cargo, previa verificacion de los requisitos de Ley; Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- NOMBRAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA COLCHADO, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huaura, designandola en el Despacho de la Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Huaura. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Huaura, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 703022-1 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1987-2011-MP-FN MORDAZA, 11 de octubre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Superior de la Primera Fiscalia Superior Penal de MORDAZA Norte, del Distrito Judicial de MORDAZA Norte, y debe cubrirse provisionalmente dicho cargo, previa verificacion de los requisitos de ley; Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion del doctor DANY MORDAZA MORDAZA ANASCO, Fiscal Adjunto Superior Titular del Distrito Judicial de MORDAZA Norte, en el despacho de la Primera Fiscalia Superior Penal de MORDAZA Norte, materia de la Resolucion Nº 117-2009-MP-FN, de fecha 09 de febrero del 2009. Articulo Segundo.- NOMBRAR al doctor DANY MORDAZA MORDAZA ANASCO, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA Norte, designandolo en el Despacho de la Primera

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