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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (13/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de octubre de 2011 451584 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ISLAY Autorizan viaje de alcalde para participar en evento que se llevará a cabo en la República Dominicana RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 001-2011-MPI Mollendo, 30 de septiembre de 2011. VISTOS: El pedido del Señor Alcalde al Concejo Provincial de Islay en Sesión Ordinaria de fecha 30 de Septiembre del 2011; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia tal como lo establece la Constitución Política del Perú en su Artículo 194°, concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades, Artículo II de su Título Preliminar. Que, el inc. 11 del Artículo 9° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece como atribución del Concejo Municipal el de “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.”, por lo que la autorización de viaje deberá ser aprobada por el Concejo Municipal. Que, el Artículo 2º y 3° de la Ley N° 27619 Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que “la autorización de viajes al exterior se deberá sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; asimismo deberá de publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje.” Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM-Normas Reglamentarias Sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, establece que “… la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentados en el interés nacional o en el interés específi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje…” sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viaje se deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad. Que, asimismo conforme al artículo 24 del dispositivo acotado, en caso de ausencia del Alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde. Que, el art. 9 de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala en su inciso 27) como una atribución del Concejo Municipal, la de aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores. Que, mediante Carta S/N de fecha 16/08/2011, remitida por el Senador Alcalde de Biarritz Didier Borotra, se hace llegar la invitación al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Islay, para el 12vo. Foro de Biarritz a realizarse en la ciudad de Santo Domingo - República Dominicana, cuyo tema es: “¿Es Posible Un Nuevo Modelo de Desarrollo Para América Latina y El Caribe?; debiendo por tal motivo ausentarse a partir del día miércoles 12 hasta el lunes 17 de Octubre del año en curso; haciéndose presente que el indicado viaje no ocasionará ningún egreso a la Municipalidad Provincial de Islay. Que, la presencia del Señor Alcalde es de gran utilidad e importancia a esta comuna, por que en ella se podrá concretar contactos y relaciones para ejecución de proyectos, para llevar a cabo un intercambio de ideas sobre temas que interesan y afectan a los dos continentes (Europa y América Latina) y para la definición de nuevas realidades, haciendo que el beneficio de este viaje sea positivo para la Municipalidad, razón por la cual se encuentra justificado el viaje. Por estas consideraciones, en ejercicio de las atribuciones que confi ere la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto en mayoría del Concejo Municipal, en la Sesión de fecha 30 de septiembre de 2011. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Señor Alcalde Provincial de Islay C.P.C Miguel Román Valdivia, a la ciudad de Santo Domingo-República Dominicana, desde el 12 al 17 de Octubre del año en curso, para participar en el 12vo. Foro de Biarritz, cuyo tema es: “¿Es Posible Un Nuevo Modelo de Desarrollo Para América Latina y El Caribe?. Artículo Segundo.- Precisar que la indicada comisión de servicios no ocasionará ningún egreso a la Municipalidad Provincial de Islay. Artículo Tercero.- Establecer que en tanto dure la ausencia del Señor Alcalde se encargue la Alcaldía al señor Dr. Luis Darío Concha Zevallos. Artículo Cuarto.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a Ley. Regístrese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ROMÁN VALDIVIA Alcalde 703015-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLAMA Disponen la contratación de servicios profesionales ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2011-MDLL Llama, 29 de setiembre del 2011. EL CONCEJO DISTRITAL DE LLAMA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, ante la solicitud presentada por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, mediante Informe Nº 003-2011-ATR/MSJL, relativo a la Contratación de los Servicios Profesionales del Dr. Víctor Manuel Raymar Villena Chumbiauca, bajo la modalidad de Contrato Personalísimo. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en su artículo 21 establece las Formalidades de los Procedimientos no sujetos a Procesos de Selección, referido a su aprobación mediante Acuerdo del Consejo Regional o del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Regionales o Locales, y establece que; está prohibida la aprobación de exoneraciones en vía de regularización a excepción de la causal de situación de emergencia; que esta facultad de aprobar exoneraciones es indelegable; y que en todos los casos de exoneración, la contratación y ejecución de