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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (17/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de octubre de 2011 451794 CUATROCIENTOS VEINTIDOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de la actividad señalada en el Anexo Nº 01, adjunto a la presente Resolución; De conformidad con la Ley Nº 29628 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus normas modifi catorias, Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 011-2010- EF/15, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 251-2010-EF/15 y Nº 040-2011-EF/15; Con la visación de la Sub Jefatura, de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, Planifi cación y Presupuesto, Administración y la Dirección Nacional de Proyectos Especiales; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, la Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Llochegua, Provincia de Huanta, Departamento de Ayacucho, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante el Decreto Supremo Nº 166-2011-EF, hasta por la suma de S/. 1 244 422,00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de la Actividad de Emergencia presentado por el Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho, señalada en el Anexo Nº 1 adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución. El monto total transferido, conforme aparece en el referido Anexo, corresponde a la suma total de una (01) Actividad, cuyo monto individual debe ser respetado en la etapa de ejecución. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Administración del INDECI, el trámite de la Transferencia Financiera aprobada en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI la coordinación correspondiente para la suscripción del respectivo Convenio entre el INDECI y la Municipalidad Distrital de Llochegua, Provincia de Huanta, Departamento de Ayacucho para el control y seguimiento de ejecución de metas físicas, conforme a la normatividad vigente. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección Nacional de Logística la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- Encargar a la Ofi cina de Estadística y Telemática disponer la Publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional (www. indeci.gob.pe). Artículo 6º.- Disponer que la Secretaría General e Imagen Institucional registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, y remita copia autenticada por Fedatario a la Municipalidad Distrital de Llochegua, Provincia de Huanta, Departamento de Ayacucho, al Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Planifi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 704236-12 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 238-2011-INDECI 16 de setiembre del 2011 VISTOS: Los Ofi cios Nº 233-2011/GOB-REG-HVCA/ PR de fecha 26.ABR.2011 y Nº 352-2011/GOB-REG- HVCA/PR de fecha 05.JUL.2011 del Gobierno Regional de Huancavelica, el Informe Técnico Nº 036-2011- INDECI/DNPE/EPEFT del 16.AGO.2011, el Informe Técnico Nº 036-2011-INDECI/14.0 del 16.AGO.2011, y el Memorándum Nº 509-2011-INDECI/14.0 del 16.SET.2011 de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2011, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública. Además, en caso de ser necesario dicha Reserva podrá ser aplicable para mitigar los efectos dañinos a la actividad agropecuaria altoandina, considerándose una respuesta oportuna la provisión de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 011-2010- EF/15, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 251-2010-EF/15 y Nº 040-2011-EF/15, se aprobó la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011”; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con los Ofi cios de Vistos, el Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica remitió dos (03) Fichas Técnicas de Actividades de Emergencia, para su revisión de las cuales se aprueban (02) referidas al alquiler de maquinaria que permita recuperar la transitabilidad de las carreteras Paucará - Pampapuquio - Padrerumi - Tinqueccasa - Libertadores - San Pedro - Huachua y Paucará - Chacapampa - Chanquil ubicadas en el Distrito de Paucará, Provincia de Acobamba, Departamento de Huancavelica, las mismas que han sido afectadas por las intensas lluvias ocurridas el 02 de abril de 2011, que ocasionaron desprendimiento de lodo, piedras y materiales sueltos; Que, conforme lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º de la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 036- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluación correspondiente aprobó las Fichas Técnicas presentadas por el Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica, describiendo la situación de nexo casualidad: la falta de acceso a consecuencia de lluvias constantes en la zona y derrumbes de los taludes de las trochas carrozables (caída de piedras, lodo y tierra a la plataforma), incomunicando así a los diferentes anexos, comunidades, centros poblados y hacia las provincias como Huancavelica y Huancayo, todo ello ha provocado la intransitabilidad en las carreteras, ocasionando desabastecimiento de productos alimenticios, y salida de productos agropecuarios a los diferentes