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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (17/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de octubre de 2011 451792 del 16.SET.2011 de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2011, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública. Además, en caso de ser necesario dicha Reserva podrá ser aplicable para mitigar los efectos dañinos a la actividad agropecuaria altoandina, considerándose una respuesta oportuna la provisión de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 011-2010- EF/15, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 251-2010-EF/15 y Nº 040-2011-EF/15, se aprobó la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011”; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva señala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado ofi cialmente el peligro inminente del mismo por el organismo público técnico científi co competente, las Entidades asignarán los recursos presupuestarios para la atención de las emergencias realizando las modifi caciones presupuestarias que correspondan, en el marco de las disposiciones legales vigentes y, sólo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitará al INDECI los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con el Ofi cio de Vistos, el Ministerio de Agricultura remitió tres (03) Fichas Técnicas de Actividades de Emergencia, para la adquisición de medicinas e insumos veterinarios y heno ante el peligro inminente declarado por el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, de afectación del ganado por heladas en las zonas altoandinas de los Departamentos Cusco, Puno, y Junín; Que, conforme lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º de la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, el INDECI evalúa las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 032- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluación correspondiente aprobó las Fichas Técnicas presentadas por el Ministerio de Agricultura, que señalan que ante la probabilidad de ocurrencia granizadas y heladas en los departamentos de Cusco, Puno y Junín declarados por peligro inminente por el SENAHMI, se verían afectadas la ganadería en la zona altoandina, con presencia de infecciones bacterianas y por la falta de alimentos causando pérdidas económicas al productor ganadero de las zonas altoandinas de los citados departamentos, por lo que se plantea la recuperación de los niveles nutricionales y productivos del ganado mediante la adquisición de productos y suministros veterinarios; Que, efectuada la evaluación correspondiente a la intervención solicitada y analizada la documentación pertinente, el referido Equipo concluye que el requerimiento presentado cumple con las condiciones estipuladas en la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, por lo que de conformidad con lo señalado en el numeral 11.4 del artículo 11º, se aprueba la solicitud de fi nanciamiento efectuada a través de tres (03) Fichas Técnicas, hasta por el importe de S/. 3 296 527,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), cuyo plazo y modalidad de ejecución se encuentra detallado en el Anexo adjunto a la presente Resolución, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Técnico Nº 032-2011- INDECI/14.0 de Vistos, aprobó tres (03) Fichas Técnicas formuladas por el Ministerio de Agricultura, hasta por la suma de S/. 3 296 527,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, mediante el Decreto Supremo Nº 166-2011-EF se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de S/. 8 097 282,00 (OCHO MILLONES NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural -AGRORURAL del Ministerio de Agricultura, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI mediante Decreto Supremo Nº 166-2011-EF, hasta por la suma de S/. 3 296 527,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de las actividades señaladas en el Anexo adjunto a la presente Resolución; De conformidad con la Ley Nº 29628 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus normas modifi catorias, Directiva Nº 002-2010-EF/68.01, “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 011-2010- EF/15, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 251-2010-EF/15 y Nº 040-2011-EF/15; Con la visación de la Sub Jefatura, de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, Planifi cación y Presupuesto, Administración y de la Dirección Nacional de Proyectos Especiales; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural -AGRORURAL del Ministerio de Agricultura, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante el Decreto Supremo Nº 166-2011-EF, hasta por la suma de S/. 3 296 527,00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecución de las Actividades señaladas en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución. El monto total transferido, conforme aparece en el referido Anexo, corresponde a la suma total de tres (03) Actividades, cuyo monto individual debe ser respetado en la etapa de ejecución. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Administración del INDECI, el trámite de la Transferencia Financiera aprobada en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Nacional