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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 31 de octubre de 2011 452611 SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el “Reglamento del Proceso de Elección de la Entidad Prestadora de Salud y del Plan de Salud para Asegurados Regulares y Disposiciones Complementarias sobre el Plan de Salud para Asegurados Regulares”, que consta de siete (07) Capítulos y, treinta y ocho (38) artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias Transitorias, tres (03) Disposiciones Complementarias Finales y cinco (05) Anexos, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y el “Reglamento del Proceso de Elección del Plan de Salud para Asegurados Regulares y de la Entidad Prestadora de Salud y Disposiciones Complementarias sobre el Plan de Salud para Asegurados Regulares” y sus Anexos publíquese en el Portal de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud – SUNASA (www.sunasa.gob.pe/normatividad/ actualizaciones). Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a los noventa (90) días calendario, posteriores a su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4°.- El Superintendente dictará las disposiciones que resulten necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Resolución, dando cuenta al Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional del Aseguramiento de Salud, conforme a normas. Artículo 5°.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELÍAS MELITÓN ARCE RODRÍGUEZ Superintendente 710218-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Prorrogan la vigencia de la Ordenanza Nº 276-MDA que establece beneficios tributarios DECRETO DE ALCALDÍA Nº 020 Ate, 26 de octubre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE VISTO; la Ordenanza Nº 276-MDA, el Informe Nº 0112-2011-MDA/GAT de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe Nº 808-2011-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 276-MDA de fecha 18 de julio del 2011 y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 20 de julio del 2011, se estableció el Benefi cio de Condonacion de Deuda Tributaria e Intereses Generados por la Omision de la Presentacion y/o Rectifi cacion de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial y Otorgamiento de Fraccionamiento para el Cumplimiento de Obligaciones Tributarias Generadas; en su artículo Decimo Quinto, faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas complementarias, para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza; asi mismo prorrogue los benefi cios tributarios establecidos en la misma; Que, mediante Decretos de Alcaldia Nº 014 de fecha 24 de agosto del 2011 y Nº 018 de fecha 30 de setiembre del 2011, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 276- MDA hasta el 31 de octubre del 2011; Que, es necesario otorgar amplias facilidades a los contribuyentes del distrito para que puedan cumplir con el acogimiento a la presentacion de sus Declaraciones Juradas de Impuesto Predial y con los benefi cios establecidos en la Ordenanza Nº 276-MDA; por lo que resulta pertinente ampliar su plazo de vencimiento; Que, con los informes favorables de las áreas encargadas señaladas en la parte de Visto del presente Decreto de Alcaldía; Que, mediante Proveido Nº 1886-2011-MDA/GM la Gerencia Municipal, indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Consecuentemente, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º, Artículo 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza Nº 276-MDA, que establece el Benefi cio de Condonacion de Deuda Tributaria e Intereses Generados por la Omision de la Presentacion y/o Rectifi cacion de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial y Otorgamiento de Fraccionamiento para el Cumplimiento de Obligaciones Tributarias Generadas; hasta el 30 de Noviembre del 2011. Artículo 2º DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Artículo 3º ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administracion Tributaria y demás áreas pertinentes de esta Corporación Edil. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 710260-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 218-MDLM que aprobó el Beneficio de Regularización Tributaria y No Tributaria en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 018-2011 La Molina, 27 de octubre de 2011 VISTO: El Informe Nº 119-2011-MDLM-GAT del 24 de octubre del 2011 de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº 290-2011-MDLM-GAT-SGRC del 24 de octubre del 2011, mediante el cual la Subgerencia de Recaudación y Control solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 218-MDLM que aprobó el “Benefi cio de Regularización Tributaria y no Tributaria en el Distrito de La Molina”; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 218-MDLM se aprobó el Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria en el distrito de La Molina, con la cual se busca incentivar el pago voluntario de las obligaciones tributarias y no tributarias. Que, de conformidad con la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 218, se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la norma en mención y dicte las disposiciones que resulten necesarias para su mejor aplicación.