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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (31/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 31 de octubre de 2011 452606 PRODUCE Designan responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 304-2011-PRODUCE Lima, 29 de octubre de 2011 VISTOS: El Memorando N° 7485-2011-PRODUCE/SG de fecha 27 de octubre de 2011 de la Secretaría General y el Memorando N° 2206-2011-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, se estableció la obligatoriedad de las Entidades del Sector Público de contar con un Libro de Reclamaciones como mecanismo de participación ciudadana, para lograr la efi ciencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atención en los trámites y servicios que les brinda; Que, el artículo 4º del citado Decreto Supremo dispone que la entidad pública está obligada a dar respuesta al usuario, por medios físicos o electrónicos, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, informándole de ser el caso, acerca de las medidas adoptadas para evitar el acontecimiento de hechos similares en el futuro; Que, el artículo 5º del mencionado Decreto Supremo señala que mediante resolución del titular de la entidad se designará al responsable del Libro de Reclamaciones, debiéndose informar al Órgano de Control Institucional sobre el cumplimiento del referido Decreto Supremo; Que, mediante el memorando del visto, la Secretaría General solicita se deje sin efecto la Resolución Ministerial N° 282-2011-PRODUCE, por la que se designó a la señora VILMA DIANA CARRILLO RODRIGUEZ, Especialista Administrativo III de la Ofi cina de Administración Documentaria y Archivo, como responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de la Producción; asimismo, requiere designar a la señora Gina Pinedo Delgado, Directora de la Ofi cina de Administración Documentaria y Archivo, como responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de la Producción, en virtud a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto de administración por el que se deja sin efecto la Resolución Ministerial a que se contrae el considerando precedente, así como designar a la persona responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de la Producción; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, el Decreto Legislativo N° 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modifi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar, a partir del 2 de noviembre de 2011, a la señora Gina Pinedo Delgado, Directora de la Ofi cina de Administración Documentaria y Archivo, como responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de la Producción, en virtud del Decreto Supremo Nº 042- 2011-PCM. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 282-2011-PRODUCE de fecha 30 de setiembre de 2011. Regístrese, comuníquese y publíquese. KURT BURNEO FARFÁN Ministro de la Producción 710654-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a El Salvador y Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 768-2011-MTC/02 Lima, 26 de octubre de 2011 VISTOS: El Informe Nº 623-2011-MTC/12.07 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 279-2011-MTC/12.07 emitido por la Dirección de Certifi caciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa Trans American Air Lines S.A. – Taca Perú ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de noviembre de 2011, acompañando los requisitos establecidos en el marco de los Procedimientos Nos. 10, 12 y 16 correspondientes a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Trans American Air Lines S.A. – Taca Perú ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente a los Procedimientos a que se refi eren en el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos;