Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2011 (31/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 31 de octubre de 2011

PRODUCE
Designan responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 304-2011-PRODUCE MORDAZA, 29 de octubre de 2011 VISTOS: El Memorando N° 7485-2011-PRODUCE/SG de fecha 27 de octubre de 2011 de la Secretaria General y el Memorando N° 2206-2011-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, se establecio la obligatoriedad de las Entidades del Sector Publico de contar con un Libro de Reclamaciones como mecanismo de participacion ciudadana, para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atencion en los tramites y servicios que les brinda; Que, el articulo 4º del citado Decreto Supremo dispone que la entidad publica esta obligada a dar respuesta al usuario, por medios fisicos o electronicos, en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles, informandole de ser el caso, acerca de las medidas adoptadas para evitar el acontecimiento de hechos similares en el futuro; Que, el articulo 5º del mencionado Decreto Supremo senala que mediante resolucion del titular de la entidad se designara al responsable del Libro de Reclamaciones, debiendose informar al Organo de Control Institucional sobre el cumplimiento del referido Decreto Supremo; Que, mediante el memorando del visto, la Secretaria General solicita se deje sin efecto la Resolucion Ministerial N° 282-2011-PRODUCE, por la que se designo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista Administrativo III de la Oficina de Administracion Documentaria y Archivo, como responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de la Produccion; asimismo, requiere designar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de la Oficina de Administracion Documentaria y Archivo, como responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de la Produccion, en virtud a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto de administracion por el que se deja sin efecto la Resolucion Ministerial a que se contrae el considerando precedente, asi como designar a la persona responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de la Produccion; Con el visado de la Secretaria General y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, el Decreto Legislativo N° 1047 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y su modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar, a partir del 2 de noviembre de 2011, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de la Oficina de Administracion Documentaria y Archivo, como responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de la Produccion, en virtud del Decreto Supremo Nº 0422011-PCM. Articulo 2°.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 282-2011-PRODUCE de fecha 30 de setiembre de 2011. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BURNEO MORDAZA Ministro de la Produccion 710654-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a El MORDAZA y MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 768-2011-MTC/02 MORDAZA, 26 de octubre de 2011 VISTOS: El Informe Nº 623-2011-MTC/12.07 emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 279-2011-MTC/12.07 emitido por la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa Trans American Air Lines S.A. ­ Taca Peru ha presentado ante la autoridad aeronautica civil, su solicitud para ser atendida durante el mes de noviembre de 2011, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA de los Procedimientos Nos. 10, 12 y 16 correspondientes a la Direccion General de Aeronautica Civil, previstos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa Trans American Air Lines S.A. ­ Taca Peru ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente a los Procedimientos a que se refieren en el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos;

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