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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (03/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de setiembre de 2011 449425 BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario para participar en evento a realizarse en Luxemburgo RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 042-2011-BCRP Lima, 1 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido una invitación del DZ Bank para participar en el DZ Bank Global Central Bank Conference y la OMFIF Conference on Financial Centres que se llevarán a cabo como parte de la Luxembourg Monetary and Finance Week, a realizarse en la ciudad de Luxemburgo, Luxemburgo, entre el 12 y el 15 de setiembre; Que, el Banco Central de Reserva del Perú tiene la fi nalidad de preservar la estabilidad monetaria y entre sus funciones está la de administrar las reservas internacionales; Que, para el cumplimiento de la referida función, la Gerencia de Operaciones Internacionales tiene entre sus objetivos el de administrar efi cientemente las reservas internacionales y velar por el fi el cumplimiento de las obligaciones externas del Banco; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27619 y el Decreto Supremo N°047-2002 PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 11 de agosto 2011; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Alberto Zapata Pardo, Subgerente de Análisis de Inversiones Internacionales, de la Gerencia de Operaciones Internacionales, en la ciudad de Luxemburgo, Luxemburgo, del 12 al 15 de setiembre y al pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fi n de intervenir en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje y Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 1914,31 -------------------- TOTAL US$ 1914,31 Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDE Presidente 685712-1 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Modifican el Reglamento de Concursos para el Ascenso de Jueces y Fiscales RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 295-2011-CNM Lima, 1 de setiembre de 2011 VISTO: El acuerdo del Pleno Nº 1558-2011, adoptado en sesión de 25 de agosto de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura tiene como una de sus funciones la de nombrar, previo concurso público de méritos y evaluación personal, a los jueces y fiscales de todos los niveles, de conformidad con los artículos 154º inciso 1 de la Constitución Política del Perú y 21º inciso a) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, establece que el Consejo actúa en plenario y en comisiones; también, puede delegar en uno de sus miembros las atribuciones que considere necesarias para el mejor cumplimiento de su función; Que, uno de los objetivos institucionales es la reducción de la provisionalidad en la magistratura, razón por la cual se hace necesario dar mayor fl uidez a los concursos de selección y nombramiento y de ascensos, especialmente en las entrevistas a los postulantes, conformando Comisiones de Consejeros de no menos de dos miembros, salvo en el caso de la evaluación a candidatos a Juez Supremo o Superior, Fiscal Supremo, Fiscal Adjunto Supremo o Fiscal Superior; en tal sentido, corresponde modifi car los artículos 46º del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales y 45º del Reglamento de Concursos para el Ascenso de Jueces y Fiscales; Que, por otra parte, en el caso de los ascensos, se considera conveniente valorar de mejor manera la experiencia por tiempo de servicios, califi cando con un punto cada año de servicios, sin superar los topes establecidos para este rubro, lo que implica modifi car las tablas de puntaje para la califi cación curricular que forma parte del Reglamento de Concursos para el Ascenso de Jueces y Fiscales; Estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en la sesión de 25 de agosto del presente año, y de conformidad con los artículos 21º incisos g) y h), y 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el primer párrafo del artículo 46º del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolución Nº 281-2010-CNM y modifi cado por la Resolución Nº 237-2011-CNM, con el texto siguiente: “Artículo 46º.- Corresponde al Pleno del Consejo la realización de la entrevista personal, dicha función puede ser delegada a la Comisión o a las Comisiones Especiales conformadas por no menos de dos Consejeros. Tal delegación no se efectúa en caso de la evaluación a candidatos a Juez Supremo o Superior, Fiscal Supremo, Fiscal Adjunto Supremo o Fiscal Superior.” Artículo Segundo.- Modifi car el primer párrafo del artículo 45º del Reglamento de Concursos para el Ascenso de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolución Nº 270-2011-CNM, en los términos siguientes: “Artículo 45º.- Corresponde al Pleno del Consejo la realización de la entrevista personal, dicha función puede ser delegada a la Comisión o a las Comisiones Especiales conformadas por no menos de dos Consejeros. Tal delegación no se efectúa en caso de la evaluación a candidatos a Juez Superior, Fiscal Adjunto Supremo o Fiscal Superior.” Artículo Tercero.- Modifi car el Rubro D. Experiencia Profesional, ítem 1.1 de las tablas de puntaje para la califi cación curricular del Reglamento de Concursos para el Ascenso de Jueces y Fiscales, Anexos 1 y 2, en los siguientes términos: