NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (03/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 47
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de setiembre de 2011 449437 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por La Positiva Seguros y Reaseguros y La Positiva Vida Seguros y Reaseguros, para que se les autorice el traslado de la Agencia de Uso Compartido, ubicada en Av. Francisco Bolognesi Nº 453, Chimbote, provincia del Santa y departamento de Ancash a Jr. Francisco Bolognesi Nºs. 364-368, Primer Piso, Segundo Piso “A”, Chimbote, provincia del Santa y departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 533-2001 de fecha 13 de julio de 2001, se autorizó a La Positiva Seguros y Reaseguros el traslado de una Agencia ubicada en Av. Francisco Bolognesi Nº 582, Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash a Av. Francisco Bolognesi Nº 453, de la misma localidad, y cuyo uso compartido con La Positiva Vida Seguros y Reaseguros fue autorizado mediante Resolución SBS Nº 1799-2005 del 5 de diciembre de 2005; Que, en aplicación de los numerales 5.1 y 6.1 de la Resolución SBS Nº 775-2008 y modifi catoria las empresas solicitantes ha cumplido con comunicar previamente a esta Superintendencia el traslado de la mencionada agencia de uso compartido, adjuntando toda la documentación requerida; Estando a lo informado por los Departamentos de Supervisión del Sistema de Seguros “A” y “B”, mediante Informes Nºs. 097-2011-DSSSA y 130-2011- DSSSB; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modifi catorias, la Resolución SBS Nº 775-2008 y modifi catoria; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a la POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, el traslado de la Agencia de Uso Compartido, ubicada en Av. Francisco Bolognesi Nº 453, Chimbote, provincia del Santa y departamento de Ancash a Jr. Francisco Bolognesi Nºs. 364-368, Primer Piso, Segundo Piso “A”, Chimbote, provincia del Santa y departamento de Ancash. Artículo Segundo.- La presente Resolución deberá ser notifi cada a través de Secretaría General a La Positiva Seguros y Reaseguros y a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 684632-1 Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de agencia en el distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 9362-2011 Lima, 23 de agosto de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas, el día 16 de agosto de 2011, para que esta Superintendencia autorice la apertura de una agencia de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de la citada agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”, mediante Informe Nº 117-2011- DSB“B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas, la apertura de una agencia ubicada en Avenida Los Héroes Nº 628, Unidad D, B-2, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 684621-1 Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 9364-2011 Lima, 23 de agosto de 2011 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor José Loren Toro Pérez para que se le autorice la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Sesiones de la Comisión Evaluadora de fechas 24 de marzo y 14 de abril del 2011, convocadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor José Loren Toro Pérez con matrícula Nº N-4070 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 684494-1