Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2011 (03/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de setiembre de 2011

y mecanismos que por mandato nacional y regional se le MORDAZA encomendado. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, asi mismo disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de San Martin. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Consejo Regional de San MORDAZA Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 685198-1

ORDENANZA QUE REGULA FORMA DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS POR SERVICIOS "PROGRAMA CANJE DE DEUDA TRIBUTARIA POR SERVICIOS" Articulo Primero.- Objetivo.- La presente Ordenanza tiene por objetivo: Reglamentar el Programa "Canje de Deuda Tributaria por Servicios". Generar MORDAZA de ingreso para los contribuyentes del distrito que asi lo requieran. Elevar el nivel de conciencia tributaria en los ciudadanos del distrito. Generar compromisos de pago de las deudas tributarias con el contribuyente y que tenga la oportunidad de obtener un ingreso economico. Articulo Segundo.- Finalidad.- Disponer que el contribuyente deudor, pueda efectuar el pago de sus deudas tributarias con la suscripcion de un Contrato Especial de Canje de Deuda Tributaria por Servicios a traves de la prestacion de servicios en las areas de: Parques y Jardines, o Limpieza Publica, u Oficinas Administrativas de la Municipalidad Distrital de Ancon. Articulo Tercero.- Requisitos.- Con la solicitud, deberan adjuntar los siguientes documentos: MORDAZA de DNI con direccion del distrito de Ancon. Estado de cuenta del predio. Ficha de inscripcion llenada segun formato. Articulo Cuarto.Empadronamiento.Los contribuyentes del distrito de Ancon, que soliciten el canje de su deuda tributaria por servicios, seran empadronados de acuerdo a su opcion ocupacional. El contribuyente que solicita empadronarse puede ser: el esposo (a) o hijo (a) o familiar del titular del predio. Articulo Quinto.- Condiciones.a) El tiempo MORDAZA de duracion del Contrato Especial de Canje de Deuda Tributaria por Servicios, que se suscriba, es de tres (03) meses para las personas que presten servicios tributarios en las areas de parques y jardines, y limpieza publica. Para las personas que presten servicios en las oficinas administrativas sera de cuatro (04) meses, de acuerdo a las necesidades de las areas y al presupuesto Institucional aprobado. b) Los contribuyentes asumen el compromiso de aceptar la retencion equivalente al 80% (ochenta por ciento) de sus servicios, a fin de cancelar sus deudas tributarias (impuesto y o tributos). c) La edad MORDAZA contemplada para el desempeno del servicio es de 65 anos. Articulo Sexto.- Del Procedimiento y Tramite del Canje.- La Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Ancon recepcionara las solicitudes de los contribuyentes con los requisitos senalados, procedera al empadronamiento y de acuerdo a las necesidades de las areas formulara la contratacion de las personas a las que se refiere el articulo MORDAZA y el correspondiente Contrato de Canje de Deuda por Servicio, que sera suscrito por la Gerencia Municipal y visado por la Gerencia de Rentas. Articulo Septimo.- Efectos del Contrato a suscribirse con el contribuyente.- El Contrato de canje de deuda por servicio esta sujeto a las disposiciones contenidas en el mismo y en el Capitulo MORDAZA del Titulo IX (Prestacion de servicios) de la Seccion MORDAZA del Libro VII del Codigo Civil, en consecuencia, no genera vinculo laboral de ningun MORDAZA entre las partes. Articulo Octavo.- Causales de Perdida del Contrato.- Se resolvera automaticamente el Contrato por las siguientes razones: No prestar el servicio dentro del plazo establecido. Cuando el contribuyente incumpla con las obligaciones establecidas en el contrato especial de canje de deuda tributaria por servicios que suscribe.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON
Regulan forma de pago de deudas tributarias por servicios "Programa Canje de Deuda Tributaria por Servicios"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 234-2011/MDA Ancon, 15 de MORDAZA del 2011 VISTO: En sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 120-2011-GR/MDA, de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 153-2011-GAL/MDA, de la Gerencia de Asesoria Juridica de la Municipalidad, el Informe Nº 0682011-GM/MDA, de la Gerencia Municipal, y el Proyecto de Ordenanza referente a formas de pago de deudas tributarias por servicios, presentado por la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senalan que los organos de gobierno local gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 32º literal d) del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 13599-EF, dispone que el pago de la deuda tributaria se puede realizar mediante otros medios que la Ley senale; Que, la actual Gestion Municipal, tiene conocimiento que los contribuyentes del distrito, se encuentran atravesando por dificiles situaciones economicas, siendo conveniente otorgarles amplias facilidades de pago, a fin del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, situacion que exige establecer procedimientos para atender dichas solicitudes; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo y con la dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; el Concejo aprobo la siguiente:

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