Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2011 (08/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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de Valores MORDAZA entrega del cargo de Presidente del Consejo de Autoridades del Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores a la directiva que se elegira en dicho evento; Que, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos seran cubiertos con cargo al Presupuesto de la Superintendencia del MORDAZA de Valores; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorizacion de Viaje al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, la Ley N° 29782, Ley del Fortalecimiento de la Supervision del MORDAZA de Valores, la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA Rocca MORDAZA, Superintendente de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, a la MORDAZA de Montevideo, Uruguay, del 12 al 15 de septiembre de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran con cargo al Presupuesto de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes - Viaticos US$ US$ 885,92 800,00

fojas ochocientos veinte a ochocientos cuarenta; oido el informe oral; y, CONSIDERANDO: Primero: Que la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero cuarenta y ocho, expedida el veinticinco de noviembre de dos mil nueve, obrante de fojas ochocientos veinte a ochocientos cuarenta, formulo propuesta de destitucion contra el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA bajo el fundamento de que existe prueba suficiente que acredita su responsabilidad administrativa en los hechos que se le imputan, esto es, que al momento de ingresar la demanda signada como Expediente numero mil trescientos dos guion dos mil siete guion JM guion FA guion tres, habria tratado de favorecer al abogado de una de las partes direccionandola como prevenida al Tercer Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Condevilla; de igual manera, las demandas numeros treinta y tres, treinta y ocho, quinientos seis, setecientos veintiocho, mil ochenta y ocho, mil ciento cincuenta y nueve y mil ciento setenta y tres, todas del ano dos mil siete, pero estas al MORDAZA y Tercer Juzgado Mixto del aludido Modulo Basico de Justicia; cuando lo correcto era que por tratarse de documentacion nueva MORDAZA ingresadas de forma aleatoria. Segundo: Que, de la revision de los autos se verifica que obra en el expediente lo siguiente: a) El Informe del Administrador de Red del Modulo Basico de Justicia de Condevilla, obrante a fojas dos, por el cual da cuenta que al verificar el sistema de ingreso de listado de expedientes, el signado como mil trescientos dos guion dos mil siete guion JM guion FA guion tres, ingreso en forma de prevencion -y no de manera aleatoria- al Tercer Juzgado Mixto de la aludida sede judicial, ello a traves del usuario CCAMPOS correspondiente a la cuenta electronica del servidor investigado; b) La relacion de expedientes ingresados por MORDAZA de ingreso por juzgado de fojas tres, en el que se acredita que con fecha veintiseis de MORDAZA de dos mil siete, a las quince horas con nueve minutos, se ingreso la referida demanda en calidad de prevencion al Tercer Juzgado Mixto de Condevilla, lo que tambien fue efectuado por el usuario CCAMPOS; y, c) El Informe del Administrador de Red del Modulo Basico de Justicia de Condevilla, de fojas doce, mediante el cual pone en conocimiento del Organo de Control Distrital, que de la revision de ingresos de expedientes nuevos en el Sistema Informatico Judicial del Modulo Basico de Justicia de Condevilla se encontro el ingreso de los Expedientes numeros treinta y tres guion dos mil siete, treinta y ocho guion dos mil siete, quinientos seis guion dos mil siete, setecientos veintiocho guion dos mil siete, mil ochenta y ocho guion dos mil siete, mil ciento cincuenta y nueve guion dos mil siete, mil ciento setenta y tres guion dos mil siete, y mil trescientos dos guion dos mil siete, registrados en calidad de prevencion por el usuario y personal CCAMPOS de la Mesa de Partes -Centro de Distribucion Modular y Centro de Distribucion General- del citado Modulo Basico de Justicia, esto segun el seguimiento y registro de control efectuado desde el uno de enero hasta el veintisiete de MORDAZA de dos mil siete. Tercero: Que, a la prueba de cargo enunciada se agrega la declaracion del propio investigado, quien en un primer momento -Acta de Toma de Dicho de fojas cinco- acepto haber direccionado el Expediente numero mil trescientos dos guion dos mil siete guion JM guion FA guion tres al Tercer Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Condevilla, a pedido de un abogado, no precisando el motivo (dijo que podria ser por amistad). Posteriormente, al ampliarse su declaracion, conforme consta a fojas veinticuatro, acepto haber direccionado los demas expedientes que se detallan en el informe de fojas doce, incluyendo el ya mencionado lineas anteriores, senalando que lo hizo por amistad con las personas que lo solicitaron; en consecuencia el investigado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, usuario CCAMPOS, ha incurrido en grave irregularidad funcional, ya que en su condicion de encargado de la Mesa de Partes del Modulo Basico de Justicia de Condevilla ingreso demandas nuevas en forma de prevencion al MORDAZA y Tercer Juzgado Mixto de dicha sede judicial, cuando lo correcto era hacerlo de forma aleatoria, vulnerando asi el sistema de ingreso de expedientes, lo que resulta contrario al decoro y

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario autorizado segun el articulo 1º de la presente Resolucion, debera presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante el viaje. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 687195-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Sancionan con destitucion a encargado de la Mesa de Partes del Modulo Basico de Justicia de Condevilla, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte
INVESTIGACION ODECMA Nº 352-2009-LIMA NORTE MORDAZA, ocho de junio de dos mil once.VISTA: La Investigacion ODECMA numero trescientos cincuenta y dos guion dos mil nueve guion MORDAZA Norte seguida contra el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como encargado de la Mesa de Partes del Modulo Basico de Justicia de Condevilla, Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, a merito de la propuesta de destitucion formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolucion numero cuarenta y ocho, expedida con fecha veinticinco de noviembre de dos mil nueve, obrante de

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