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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (17/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de setiembre de 2011 450118 Cooperativas o cualquier otra forma asociativa con fi nes de vivienda, incluyendo los casos de regularizaciones pendientes o en trámite; Que de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, señala en su artículo I del Título Preliminar que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes. Además, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, que en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de 3.6.1. Habilitaciones urbanas; Que de acuerdo con el Artículo 194º, numeral 6) del Artículo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, De conformidad con las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del capítulo II del artículo 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972, Reglamento Nacional de Edifi caciones, Ley General de Habilitaciones Urbanas N° 26878 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011-98-MTC, Decreto de Alcaldía N° 079- MML y Resolución de Alcaldía N° 136-2009-MDSMP SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, del Programa de Vivienda Los Jardines de Santa Rosa II Etapa de conformidad con el Plano signado con el Nº 055-2011-SGCyHU-GDU- MDSMP y Memoria Descriptiva, del terreno de 25,604.00 m2 califi cado con Zonifi cación Residencial de Densidad Media – R4, constituido por la Parcela 10228 del Fundo Santa Rosa, inscrito en la Ficha N° 303553 seguido de la Partida Electrónica Nº 43780646 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, sobre el que se desarrolla el Programa de Vivienda Los Jardines de Santa Rosa II Etapa ubicado en el distrito de San Martin de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la la sociedad conyugal VICTOR ENRIQUE NEYRA FLORES y DORIS HUAMANI GERMAN DE NEYRA, para ejecutar en un plazo de dieciocho (18) meses computados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, las Obras de Habilitación Urbana, como son las obras de agua potable, alcantarillado, pavimentación de pistas (calzadas) y veredas (aceras), ornamentación del parque y Señalizacion del terreno de 25,604.00 m2, debiendo sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, signado con el Nº 055-2011- SGCyHU-GDU-MDSMP, de acuerdo a las característica especifi caciones técnicas siguientes: 2.1 Diseño.- Se basará en el cuadro de Áreas siguiente: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCION AREA (m2) Area Bruta del terreno 25,604.00 Area Util de Viviendas Mz. A, B, C y D 16,733.84 Area de Recreación Pública 1,126.10 Ministerio de Educación 339.20 Area de Vías 7,370.85 Area de Compensación 34.01 CUADRO DE MANZANAS Y LOTES MANZANA LOTES AREA (m2) A 22 3,417.67 B 45 6,473.63 C 28 3729.44 D 24 3,113.10 TOTAL 119 16,733.84 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS AREA AFECTA A LOS APORTES: 25,604.00m2ZONIFICACION: R-4 APORTES RNC. (m2) PROPUESTO R-4 (m2) DEFICIT (m2) Recreación Pública 11% 2,816.44m2 1,126.10 m2 1,690.34 m2 Ministerio de Educación 2% 512.08m2 339.20 m2 172.88 m2 Vendible Mínimo 5% 1,280.20m2 Ubicado en lotes en esquina 2.2. PAVIMENTOS.- Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: a.- Sub-rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub-rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riesgos sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas solidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. b.- Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso con diámetro máximo de 1 1/2 “, fi nos y gigantes, en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riesgos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. c.- Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicara previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto liquidoRC-250. d.- Aceras.- Serán de concreto de calidad de fc=175Kg/ cm2 de 0.10m. de espesor y su colocación se efectuara sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20m, y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na en porción 1:2 de un (01) centímetro de espesor. Los radios de abanicos en las esquinas serán de 6.00m. e.- Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad fc=175Kg/cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30m.